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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2023 (28/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 28 de julio de 2023 El Peruano / d. Acreditar experiencia profesional de un (1) año en la producción o comercialización, según corresponda, en material genético de animales de producción. (…)” . Artículo 2.- Modi fi cación del literal a. del artículo 9 del Reglamento Sanitario para la Producción y Comercialización de Material Genético de Animales de Producción, aprobado por el Decreto Supremo N°010-2022-MIDAGRI Modi fi car el literal a. del artículo 9 del Reglamento Sanitario para la Producción y Comercialización de Material Genético de Animales de Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2022-MIDAGRI, de la siguiente manera: “Artículo 9.- Autorización sanitaria de establecimientos y unidades móviles de producción de material genético de animales de producción El SENASA otorga la autorización sanitaria a los establecimientos de producción de material genético y unidades móviles de colecta de material genético, para lo cual el interesado debe presentar una solicitud cumpliendo con los siguientes requisitos: a. Formato de solicitud indicando que cuentan con un médico veterinario responsable señalando la colegiatura del mismo y experiencia profesional de un (1) año en supervisión sanitaria de la producción y comercialización de material genético de animales de producción, declarando además contar con infraestructura equipamiento y materiales que permitan la producción y almacenamiento de material genético de animales de producción e indicando el número de comprobante de pago por el derecho de tramitación. (…)”. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- Financiamiento El presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2200453-2 Designan Responsable Titular de Brindar Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 257-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 24 de julio de 2023VISTOS: El Informe Nº 232-2023-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE/UA, de fecha 20 de junio de 2023, de la Unidad de Administración y el Informe Legal N° 205-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UAJ, de fecha 21 de julio de 2023 y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2020-MIDAGRI, se formalizó la creación del Programa de Desarrollo Productivo Rural – AGRO RURAL, como Unidad Ejecutora del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dependiente del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agrario y Riego; Que, por Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el el 19 de mayo de 2021, modi fi cada con la Resolución Ministerial N° 0149-2021-MIDAGRI se aprueba el Manual de Operaciones de AGRO RURAL, el cual establece entre otros, su estructura orgánica, y las funciones de cada uno de los órganos que lo conforman; Que, de acuerdo al numeral 5), del Artículo 2 de la Constitución Política del Estado, estipula el derecho fundamental de acceso a la información, al prescribir que: “toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier Entidad Pública en el plazo legal y con el costo que irrogue este pedido”; Que, en el marco de los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley y todas las actividades y disposiciones de las entidades sometidas al principio de la publicidad; siendo que, el funcionario o servidor que haya creado, obtenido, tenga posesión o control de la información solicitada, deberá brindarla al funcionario Responsable, a fi n que, pueda cumplir con sus funciones de Transparencia en los plazos previstos en dicha normativa; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo N° 095-2003-PCM y Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible, en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 240-2022-MINAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, de fecha 18 de agosto de 2022, se designó al señor Ricardo Noriega Pezo como Responsable Titular de Brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, en adición a las funciones que viene desempeñando en la Sub Unidad de Abastecimiento de la Unidad de Administración (Trámite Documentario) de la Entidad; Que, mediante Informe N° 232-2023-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA, de fecha 21 de junio de 2023, la Unidad de Administración adosa el Informe N° 11-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA-RNP, de fecha 19 de junio de 2023, remitido por el servidor Ricardo Noriega Pezo donde se sustenta la necesidad de dar por concluida su designación efectuada mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 240-2022-MINAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, y se designe a la señora Carla Lisbet Huasasquiche Huyhua, en su reemplazo quien ejercerá dicho cargo en adición a las funciones que viene desempeñando;