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7 NORMAS LEGALES Sábado 3 de junio de 2023 El Peruano / ÍTEMCENTRO POBLADODISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 9 Anco La Mar Ayacucho10 Ayna 11 Chungui 12 Santa Rosa 13 Samugari 14 Anchihuay 15 Río Magdalena 16 Unión Progreso17 Huachocolpa Tayacaja Huancavelica18 Surcubamba 19 Tintaypuncu 20 Roble 21 Andaymarca 22 Colcabamba 23 Cochabamba 24 Lambras25 Chinchihuasi Churcampa26 Pachamarca 27 San Pedro de Coris 28 Kimbiri La ConvenciónCusco 29 Pichari 30 Villa Kintiarina 31 Villa Virgen 32 Echarate33 Megantoni34 kumpirushiato35 Cielo Punco36 Manitea 37Unión Ashaninka 38 Yuveni Vilcabamba (*) 39 Mazamari Satipo Junín40 Pangoa 41 Vizcatán del Ene 42 Río Tambo 43 Andamarca Concepción 44 Santo Domingo de Acobamba Huancayo 45 Pariahuanca TOTAL 1 44 8 4 (*) En el departamento del Cusco, provincia de la Convención del distrito de Vilcabamba, solo se declara el Estado de Emergencia al Centro Poblado Yuveni. 2183985-2 Autorizan viaje del Presidente del Consejo de Ministros al Reino de España y a la República Francesa, y encargan su Despacho a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 085-2023-PCM Lima, 2 de junio de 2023CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 041-2023- PCM, Decreto Supremo que declara de interés nacional el proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento de las acciones para la adhesión del Perú a la OCDE; declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas a desarrollarse en el marco del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, que comprende la participación del Estado peruano en todas las actividades previstas durante la implementación de la hoja de ruta que enmarca su proceso de adhesion. Asimismo, establece en su artículo 2 que el Presidente del Consejo de Ministros preside la citada Comisión Multisectorial; Que, mediante OF.RE (MIN) N° 1-0/26, de fecha 28 de marzo de 2023, la Ministra de Relaciones Exteriores da cuenta de la invitación cursada por el Secretario General de la OCDE y el Secretario de Estado para Asuntos Exteriores, Desarrollo y Mancomunidad del Reino Unido al Presidente del Consejo de Ministros, para participar en la próxima Reunión del Consejo a nivel Ministerial de la citada organización, a realizarse los días 7 y 8 de junio de 2023, en la ciudad de París, República Francesa; Que, asimismo, a través del OF.RE (MIN) N° 1-0/54, de fecha 19 de mayo de 2023, la Ministra de Relaciones Exteriores comunica que, en el marco del citado viaje y siendo de interés de la política exterior peruana, se ha previsto realizar una visita de trabajo a la ciudad de Madrid, Reino de España, los días 5 y 6 de junio de 2023; Que, como parte de la agenda que llevará a cabo el Presidente del Consejo de Ministros en la referida ciudad, se encuentran las reuniones con el Ministro de Asuntos Exteriores, la Vicepresidenta Tercera y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográ fi co, el Presidente del Senado, y la Presidenta del Congreso de los Diputados; así como, con el Secretario General de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), los Patronos de la Fundación Consejo España – Perú (FCEP) y, el Director del Instituto Cervantes, entre otros; Que, las citadas reuniones de trabajo tienen por fi nalidad fortalecer los lazos históricos del Perú con el Reino de España y la cooperación entre ambos países; además, representa una importante oportunidad para promocionar las inversiones con el socio comercial más importante del continente europeo, a la par de consolidar los lazos de amistad y de promoción y defensa de la democracia y el Estado Constitucional de Derecho; Que, en ese sentido, resulta de interés nacional autorizar el viaje del señor Luis Alberto Otárola Peñaranda, Presidente del Consejo de Ministros, para participar en la Reunión del Consejo a nivel Ministerial de la OCDE, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, y en las reuniones programadas en la visita de trabajo a la ciudad de Madrid, Reino de España; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en los referidos eventos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, asimismo, resulta necesario encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas