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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (07/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de junio de 2023 El Peruano / PODER EJECUTIVO CUL TURA Modifican la Resolución Ministerial Nº 000441-2022-DM/MC, mediante la cual se delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Cultura durante el Ejercicio Fiscal 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000225-2023-MC San Borja, 5 de junio del 2023 VISTOS: el Informe Nº 000306-2023-OGPP/MC y el Memorando N° 000558-2023-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes N° 000073-2023-OI/MC y N° 000082-2023-OI/MC de la Ofi cina de Inversiones; el Informe Nº 000850-2023-OGAJ/ MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone en su último párrafo que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, con la Resolución Ministerial N° 000441-2022- DM/MC, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 000037-2023-MC, Nº 000097-2023-MC, Nº 000104-2023-MC y N° 000210-2023-MC, se delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Cultura durante el Ejercicio Fiscal 2023; Que, el numeral 5.3 del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establece que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local es el Órgano Resolutivo; Que, mediante el Decreto Supremo N° 074-2023-EF, se modi fi ca el numeral 6 del numeral 9.3 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF, estableciendo que el Órgano Resolutivo tiene, entre sus funciones, “realizar el seguimiento de las inversiones en la fase de Ejecución, conformar y presidir el comité de seguimiento de inversiones del Sector, GR y GL, según corresponda. Para el caso de entidades o empresas públicas pertenecientes al Sector, GR y GL, el OR realiza sus funciones de seguimiento a través del Titular o la máxima autoridad de dichas entidades o empresas públicas. Para el caso del Sector, la función de presidir el comité de seguimiento de inversiones puede ser objeto de delegación en la máxima autoridad administrativa de la entidad”; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000011- 2023-MC, se conforma el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Cultura, estableciendo que es presidido por “el/la Ministro/a”; Que, conforme al artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, “la Secretaría General está a cargo de un Secretario General quien es la máxima autoridad administrativa del Ministerio (…)”; Que, a través del Informe Nº 000306-2023-OGPP/ MC y el Memorando N° 000558-2023-OGPP/MC, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes N° 000073-2023-OI/MC y N° 000082-2023-OI/MC de la O fi cina de Inversiones, respectivamente, por los cuales se propone modi fi car la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Cultura, a fi n que el Secretario General presida el referido Comité; Que, a fi n de agilizar la gestión administrativa de la entidad en materia de inversiones, a través de la desconcentración de facultades, se estima por conveniente delegar en el Secretario General la facultad de presidir el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Cultura; Con los vistos de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporación del literal e) en el numeral 3.4 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 000441-2022-DM/MC. Incorporar el literal e) en el numeral 3.4 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000441-2022-DM/MC, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 000037- 2023-MC, Nº 000097-2023-MC, Nº 000104-2023-MC y N° 000210-2023-MC, el mismo que queda redactado de la manera siguiente: “Artículo 3.- Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2023, las siguientes facultades y atribuciones: (…)3.4 En materia administrativa: Respecto del Pliego 003: Ministerio de Cultura.- (…) e. Presidir el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Cultura”. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría General; la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, la O fi cina de Inversiones. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2184471-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00490-2023-DE Lima, 2 de junio del 2023VISTOS:El O fi cio Nº 093 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio