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13 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de junio de 2023 El Peruano / Ofi cial de Enlace del Ejército del Perú en el Centro de Integración de Capacidades del Ejército (ARCIC) del Comando de Entrenamiento y Doctrina del Ejército de los Estados Unidos de América (US Army TRADOC), en el Fort Eustis, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, y modi fi catoria. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Coronel EP Richard Joel VILLANUEVA APUELA, identi fi cado con DNI N° 10025917 y CIP N° 119812200, para que se desempeñe como O fi cial de Enlace del Ejército del Perú en el Centro de Integración de Capacidades del Ejército (ARCIC) del Comando de Entrenamiento y Doctrina del Ejército de los Estados Unidos de América (US Army TRADOC), en el Fort Eustis, Estado de Virginia, Estados Unidos de América, del 13 de junio de 2023 al 12 de junio de 2024; así como autorizar su traslado a la ciudad de destino el 10 de junio de 2023 y su retorno al país el 13 de junio de 2024. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Pensilvania, EE.UU. - Virginia, EE.UU (clase económica) US$ 600.00 x 03 personas (O fi cial, esposa e hijo) US$ 1,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio al Extranjero US$ 6,416.28/30 x 18 días x 01 persona (13 - 30 Jun 23) US$ 3,849.76US$ 6,416.28 x 06 meses x 01 persona (01 Jul - 31 Dic 23) US$ 38,497.68 -------------------- Total a pagar en Dólares Americanos: US$ 44,147.44 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje, en comisión de servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Ejército del Perú del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132 en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 6.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El O fi cial Superior comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado O fi cial Superior revistará en la O fi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la comisión de servicio en el exterior. Artículo 9.- El citado O fi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2184035-1 Autorizan viaje de personal militar de las Fuerzas Armadas a República Dominicana, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00498-2023-DE Lima, 5 de junio del 2023VISTOS:El O fi cio Nº 2390 CCFFAA/D-7/DEE de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el O fi cio N° 01398-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00847-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, las Fuerzas Armadas del Perú participan anualmente en la Competencia Internacional de Fuerzas Especiales “Fuerzas Comando”, la cual se realiza bajo el auspicio del Comando Sur de los Estados Unidos de América (SOUTHCOM), a través del Comando de Operaciones Especiales Sur (SOCSOUTH), y en cuyas sucesivas ediciones han participado Fuerzas Especiales de Argentina, Belice, Brasil, Chile, Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos de América, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Uruguay y Colombia, entre otros; Que, la Competencia Internacional de Fuerzas Especiales “Fuerzas Comando” es un certamen militar de carácter deportivo diseñado con el propósito de fortalecer las relaciones entre las Fuerzas Armadas de América y compartir destrezas, tácticas, técnicas y procedimientos de operaciones especiales en tareas especí fi cas para la lucha contra amenazas no convencionales, y cuya preparación previa demanda una ardua actividad de planeamiento y coordinación; Que, con O fi cio Nº 0424/MAAG/SOLO del 14 de diciembre de 2022, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace de conocimiento del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, entre otros, sobre la invitación a un equipo conformado por siete (7) militares (4 asaltantes, 2 de tiro de alto precisión y 1 alternativo), para competir del 11 al 23 de junio de 2023, en el ejercicio multinacional “Fuerzas Comando 2023”, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. Asimismo, señala que los gastos de pasajes aéreos internacionales