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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (07/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de junio de 2023 El Peruano / (FONAFE), proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante O fi cio N° 000625-2021-CG/GAD, del 12 de noviembre de 2021, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República informa el monto de la transferencia fi nanciera por retribución económica a efectuar con la fi nalidad que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos sea incorporado en una convocatoria de Concurso Público de Méritos para la designación de la Sociedad de Auditoría encargada de realizar la auditoría fi nanciera gubernamental para los períodos del ejercicio 2021 y 2022; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0235-2021- JUS de fecha 29 de noviembre de 2021, se autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos hasta por la suma de S/ 197 107,00 (Ciento Noventa y Siete Mil Ciento Siete y 00/100 Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente a la totalidad de la retribución económica para el periodo 2021, para la contratación y pago a la sociedad de auditoría que, previo concurso público de méritos, sea designada para realizar labores de control posterior externo en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, con Informe N° 172-2023-JUS/OGA-OFIN de fecha 24 de mayo de 2023, la O fi cina Financiera señala que se encuentra pendiente la transferencia fi nanciera para el periodo 2022, por lo que habiendo gestionado la habilitación de recursos presupuestales correspondiente, considera procedente efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el 100% de la retribución económica incluido el IGV, ascendente a S/ 197 107,00 (Ciento Noventa y Siete Mil Ciento Siete y 00/100 Soles), para el periodo 2022; Que, mediante Memorando N° 770-2023-JUS/ OGPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003742, por la suma de S/ 197 107,00 (Ciento Noventa y Siete Mil Ciento Siete y 00/100 Soles), correspondiente al 100% de la retribución económica para el periodo 2022; Que, asimismo, a través del Informe N° 043-2023- JUS/OGA, la O fi cina General de Administración solicita que mediante acto resolutivo se autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por la suma de S/ 197 107,00, correspondiente al 100% de la retribución económica para la auditoría del periodo 2022; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos hasta por la suma de S/ 197 107,00 (Ciento Noventa y Siete Mil Ciento Siete y 00/100 Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente a la totalidad de la retribución económica para el periodo 2022, para la contratación y pago a la sociedad de auditoría que, previo concurso público de méritos, sea designada para realizar labores de control posterior externo en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- Financiamiento y limitaciones al uso de los recursos La autorización que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el año fi scal 2023, según siguiente detalle: DE LA SOLES SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos UNIDAD EJECUTORA : 001 Ministerio de Justicia - O fi cina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTAL : 9001 Acciones CentralesPRODUCTO : 3999999 Sin ProductoACTIVIDAD : 5000003 Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios CATEGORÍA DE GASTO GASTOS CORRIENTES2.4 Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 197 107,00 TOTAL TRANSFERENCIA FINANCIERA S/ 197 107,00 Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2184765-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el Padrón de Beneficiarios de la Subvención Económica por Acogimiento Familiar (PB-SEAF) correspondiente al mes de abril de 2023 y el monto total por concepto de subvención económica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 213-2023-MIMP Lima, 6 de junio de 2023VISTOS, los Informes Técnicos N° D000075-2023- MIMP-DPE-GVN y N° D000005-2023-MIMP-DPE-LIM; el Memorándum N° D003097-2023-MIMP-DPE y la Nota N° D000874-2023-MIMP-DPE de la Dirección de Protección Especial; el Informe N° D000178-2023-MIMP-PRE de la Ofi cina de Presupuesto; el Memorándum N° D000596- 2023-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum N° D000547-2023-MIMP-DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y el Informe N° D000508-2023-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de