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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (07/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de junio de 2023 El Peruano / autoridades municipales que hayan asumido sus cargos –lo cual ocurre desde la respectiva juramentación (ver SN 1.3.)–, requisito que no se evidencia en el caso del señor regidor, corresponde encausar la presente solicitud como una “convocatoria a candidato no proclamado por no haber juramentado el titular”, deviniendo en insubsistente el procedimiento de vacancia incoado en sede municipal. 2.3. Dicho esto, de los actuados se advierte que el señor regidor no juramentó ni asumió el cargo para el periodo de gobierno municipal 2023-2026, pese a que fue citado y noti fi cado para el acto de juramentación, conforme a las formalidades previstas en los numerales 21.3 del artículo 21 del TUO de la LPAG (ver SN 1.6.), en la medida en que fue él mismo quien recibió la convocatoria a la ceremonia de juramentación e instalación del Concejo Provincial de Huancané, el 22 de diciembre de 2022. 2.4. Así las cosas, debe dejarse sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a doña Lourdes Lucila Saavedra Pilco, identi fi cada con DNI N° 02038451, candidata no proclamada por la organización política Somos Pueblo, a fi n de que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancané, departamento de Puno, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026, de conformidad con los artículos 34 y 35 de la LEM (ver SN 1.4. y 1.5.). 2.5. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, de la provincia de Huancané, del 28 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancané, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Regner Aljovín Layme Justo como regidor del Concejo Provincial de Huancané, departamento de Puno, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por no haber juramentado ni asumido dicho cargo. 2.- CONVOCAR a doña Lourdes Lucila Saavedra Pilco, identi fi cada con DNI N° 02038451, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huancané, departamento de Puno, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMARALLANO MURO Secretaria General (e) 1 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2184511-1MINISTERIO PÚBLICO Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS NO 035-2023-MP-FN-JFS Lima, 1 de junio de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO: La carta de la abogada Angela Elizabeth Zuloaga Bayes, presentada el día 16 de mayo de 2023, a la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, elevada al Despacho de la Fiscalía de la Nación el día 17 de mayo del presente año y remitida a través de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales a la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos el día 18 de mayo de 2023; mediante la cual renuncia al cargo de fi scal adjunta provincial penal de Lima, del Distrito Fiscal de Lima, por motivos estrictamente personales, solicitando que su renuncia se haga efectiva a partir del día 1 de julio de 2023. Mediante Resolución Nº 202-2015-CNM, de fecha 14 de mayo de 2015, el extinto Consejo Nacional de la Magistratura, expidió el título de fi scal adjunto provincial penal de Lima, del Distrito Fiscal de Lima, a favor de la abogada Angela Elizabeth Zuloaga Bayes. Siendo la renuncia un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fi n de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y fi nal del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en la que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador, lo que se condice con lo señalado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ en el que se concluyó que la Junta de Fiscales Supremos conoce la renuncia de los señores fi scales titulares aceptándola desde su presentación formal o dentro del periodo de los treinta días posteriores al inicio del requerimiento. Estando a lo precisado, y atendiendo a que la carta de renuncia de la abogada Angela Elizabeth Zuloaga Bayes ha sido presentada ante la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales con fecha 16 de mayo de 2023, advirtiéndose además que dicha misiva cuenta con la conformidad del fi scal superior Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, corresponde aceptar la renuncia. Consecuentemente, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6337, adoptado en sesión ordinaria de fecha 1 de junio de 2023, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por la abogada Angela Elizabeth Zuloaga Bayes, al cargo de fi scal adjunta provincial penal de Lima, del Distrito Fiscal de Lima, a partir del día 1 de julio de 2023. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Angela Elizabeth Zuloaga Bayes, al cargo de fi scal adjunta provincial penal de Lima, del Distrito Fiscal de Lima, a partir del día 1 de julio de 2023.