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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (10/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 10 de junio de 2023 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 058-2023 Lima, 8 de junio de 2023VISTOS: El O fi cio N° 000456-2023-CG/GAD, de la Contraloría General de la República; el Informe N° 00050-2023/OA/FIN, del Área de Finanzas de la O fi cina de Administración; el Memorándum N° 00115-2023/OPP e Informe N° 00049-2023/OPP, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 00193-2023/OAJ de la O fi cina de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del Jefe de la Oficina General de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando además que las transferencias financieras en el caso del Gobierno Nacional, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”; Que, con O fi cio N° 000456-2023-CG/GAD de fecha 26 de mayo de 2023, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, realizar la transferencia fi nanciera del importe ascendente a S/ 156,326.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100 SOLES), para el pago de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría del periodo 2023, así como también efectuar el pago por concepto de designación ascendente a la suma de S/ 23 808,00 (Veintitrés mil ochocientos ocho y 00/100 soles) por los periodos 2023 y 2024, hasta los diez (10) días hábiles contados desde la recepción del referido ofi cio; Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; Que, el literal a) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro cuando la ejecución corresponde a gastos corrientes, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1. Donaciones y Transferencias Corrientes”;Que, mediante Informe N° 00050-2023/OA/FIN, el Área de Finanzas de la O fi cina de Administración, emite opinión favorable sobre la solicitud de transferencia fi nanciera por los conceptos de retribución económica y designación por los periodos 2023 y 2024 señalando, entre otros, que “Proinversión debe efectuar la transferencia fi nanciera a la CGR por el 50% de la retribución económica establecida para el año 2023, correspondiente a los derechos de designación de la Sociedad de Auditoria para efectuar la auditoria fi nanciera gubernamental por los ejercicios 2023”; Que, a través del Memorándum N° 115-2023/OPP y el Informe N° 049-2023/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala, entre otros, que “En el marco de lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es necesario aprobar, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva, la transferencia fi nanciera por S/ 156 326 (Ciento Cincuenta y Seis Mil Trescientos Veintiséis y 00/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República, equivalente al 100% de la retribución económica para la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría por el período 2023, de acuerdo con el detalle del desagregado mostrado en el numeral 2.7 del presente informe”; Que, en este contexto, se veri fi ca que el Área de Finanzas de la O fi cina de Administración y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emitieron opinión favorable sobre la solicitud de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad de Auditoría por el período 2023, por el monto ascendente a S/ 156,326.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100 SOLES); en consecuencia, corresponde que el Titular de la Entidad, emita el acto resolutivo correspondiente; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por el Decreto Supremo N° 185-2017-EF, el Director Ejecutivo es el titular de la entidad y del pliego presupuestal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada parcialmente por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001: Agencia de Promoción de la Inversión Privada del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada hasta por la suma de S/ 156,326.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100 SOLES) a favor de la Unidad Ejecutora 196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, para la contratación de la Sociedad de Auditoría por el período 2023, por el monto ascendente a S/ 156,326.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100 SOLES), el mismo que corresponde a la totalidad de la retribución económica del referido periodo, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento y limitaciones al uso de los recursos 2.1. La autorización a la que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada para el año fi scal 2023, según siguiente detalle: