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47 NORMAS LEGALES Sábado 10 de junio de 2023 El Peruano / el modelo de Estado Democrático y social de Derecho y la fórmula republicana de gobierno a que aluden los artículos 3, 43 y 45 de la Constitución”. Asimismo, en la citada sentencia, el supremo intérprete ha señalado que dicho principio está directamente vinculado con el principio de responsabilidad, pues “ (…) [d]e ahí que resulte meridiano que cuanto más transparente sea la gestión pública estaremos frente a administraciones más responsables y más comprometidas con los fi nes públicos, puesto que el secreto, por lo general, incentiva prácticas en defensa de intereses de grupos o individuales, pero no necesariamente hacia fi nes públicos”. Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000023-2021-SINEACE/CDAH-P, de 27 de marzo de 2021, se aprobó la “Norma que de fi ne la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en reorganización” (en adelante, la Norma del Sineace), cuyo artículo 9 prescribe que la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc es la más alta autoridad ejecutiva del Sineace y ejerce la titularidad del Pliego 117: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa; Que, los literales a) y d) del artículo 10 de la Norma del Sineace señalan que son funciones de la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc, respectivamente, aprobar y supervisar la implementación de políticas, planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión que permitan ejecutar las funciones necesarias para el funcionamiento de la entidad y, asimismo, emitir y/o aprobar los documentos de gestión, actos, resoluciones, normas y otros pronunciamientos, en el marco de las funciones y competencias asignadas o delegadas; Que, el artículo 38 de la Norma del Sineace señala que la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional es la dependencia encargada de Proponer y ejecutar los lineamientos, normas, planes, estrategias, programas y proyectos para la comunicación estratégica del Sineace, relacionados a la marca institucional, el manejo de protocolo, relaciones públicas, comunicación ciudadana, entre otros, y supervisar su cumplimiento; Que, a través del Informe N° 000010-2023-SINEACE/ P-GG-COM, de 30 de mayo de 2023, la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional recomienda la publicación del documento denominado “Fortalecimiento institucional ENE 2022 - ABR 2023”, en la cual se enmarca en el principio de mejorar y dar mayor transparencia a la gestión pública; contiene información relevante para compartir o reportar al Ministerio de Educación, a las autoridades sectoriales y de los diferentes niveles de gobierno; así como a las organizaciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, instituciones educativas, especialistas e investigadores, a fi n de que tengan mayor información sobre las acciones del Sineace respecto a la garantía de la calidad que se despliegan en el país; Que, mediante Informe Legal N° 000274-2023-SINEACE/P-GG-OAJ, de 08 de junio de 2023, con base en los principios de transparencia y responsabilidad, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a fi n que se apruebe el acto resolutivo que disponga la publicación del documento denominado “Fortalecimiento institucional ENE 2022 - ABR 2023”; Con el visto bueno de la Gerencia General, la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y Resolución Ministerial N° 449-2020-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo 1.- DISPONER la publicación del documento denominado “Fortalecimiento institucional ENE 2022 - ABR 2023” que fi gura anexo a la presente resolución. Artículo 2.- DISPONER que la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional incorpore el documento denominado “Fortalecimiento institucional ENE 2022 - ABR 2023” al repositorio institucional del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa y promueva su amplia difusión que garantice su acceso público. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la Presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Plataforma Única Digital del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente del Consejo Directivo Ad Hoc 2186047-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Autorizan viaje de servidor de la SUNAT para participar en evento a realizarse en Paraguay RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000123-2023/SUNAT AUTORIZA VIAJE DE SERVIDOR DE LA SUNAT PARA PARTICIPAR EN LA 8ª REUNIÓN DE LA INICIATIVA PARA AMERICA LATINA - DECLARACIÓN DE PUNTA DEL ESTE, A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, PARAGUAY Lima, 7 de junio de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante carta s/n de fecha 11 de mayo de 2023, la Secretaría del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para que asista a la 8ª reunión de la iniciativa para América Latina – Declaración de Punta del Este, que se realizará en la ciudad de Asunción, Paraguay, entre el 26 y 28 de junio de 2023; Que, como resultado de la reunión plenaria del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales, celebrada el 19 de noviembre de 2018, en Punta del Este, Uruguay, los países miembros latinoamericanos, entre ellos, el Perú, decidieron crear un programa centrado en América Latina, denominado la Declaración de Punta del Este; Que, esta iniciativa tiene como objetivo maximizar el uso efectivo de la información intercambiada en el marco de los estándares internacionales de transparencia fiscal para hacer frente a la evasión y elusión fiscal, la corrupción y otras formas de flujos financieros ilícitos; Que, el referido evento contará con la participación de funcionarios de alto nivel, que se ocupan de la política tributaria y de las administraciones tributarias en América Latina, lo que determina una oportunidad para que los asistentes compartan experiencias sobre temas clave, efectúen un balance de los progresos realizados y los retos pendientes en la agenda para la transparencia tributaria en América Latina; Que, siendo Perú un miembro clave de la iniciativa desde que se unió a la Declaración en el año 2019, la SUNAT ha sido invitada para participar como panelista durante la sesión “Promoviendo el compromiso con el intercambio automático de información sobre cuentas fi nancieras y su uso efectivo”;