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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (13/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Martes 13 de junio de 2023 El Peruano / N° VÍA CUADRA ESPACIOS 13 JR. IGOR FEDOROVICH STRAVINSKY 2 414 JR. JOSE ALVAREZ CALDERON 1 10 15JR. GIOVANNI BATTISTA LORENZO BERNINI128 18 TOTAL DE ESPACIOS 850 ANEXO II FICHA DE EMPADRONAMIENTO DE LA UNIDAD DE TRÁNSITO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA El presente registró de empadronamiento vehicular, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente; a nuestros vecinos del Distrito de San Borja directamente afectados, se le otorgará un bene fi cio para el uso de estacionamiento vehicular de la vía regulada; por propietario de predio; asimismo, se encuentran exceptuadas de las disposiciones establecidas en la presente norma legal, los espacios de estacionamiento reservados para vehículos conducidos por personas con capacidad reducida o que las transporten; que cuenten con la acreditación respectiva de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°29973 al Artículo 19 Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento y la Ley N°28084 al Artículo 10, Ley que regula el parqueo especial para vehículos ocupados por las personas con discapacidad. Por otro lado, los interesados deberán de anexar los siguientes requisitos. 1.1 DATOS DEL PROPIETARIO DEL PREDIO CÓDIGO DE REGISTRO DE CONTRIBUYENTE ............................ APELLIDO PATERNO ...................................................... APELLIDO MATERNO .....................................................NOMBRES .......................................................................DNI ...................................................................................DIRECCIÓN .....................................................................REFERENCIA ...................................................................COPIA DE RECIBO LUZ O AGUA ...................................COPIA DEL AUTO EVALUO ............................................. TELÉFONO FIJO O CELULAR ........................................CARNET DEL CONADIS .................................................. 1.2 DATOS DEL VEHÍCULO DEL PROPIETARIO DEL PREDIO ............................................................................ TARJETA DE PROPIEDAD .............................................. NÚMERO DE MOTOR .....................................................MARCA .............................................................................MODELO ..........................................................................SERIE ...............................................................................PLACA ..............................................................................AÑO ..................................................................................COLOR ............................................................................. 1.3 SECTOR DEL PREDIO DEL ADMINISTRADO ........................................................................................... 2.1 LUGAR DE REGISTRO DE EMPADRONAMIENTO SERÁ INGRESADO EN LA DIRECCION SAN BORJA SUR CON SAN LUIS MÓDULO DE LA UNIDAD DE TRÁNSITO, ANEXANDO LOS REQUISITOS QUE SE HACEN EN CONOCIMIENTO DEL ADMINISTRADO. 2.2 EL ESTACIONAMIENTO NO ES DE USO EXCLUSIVO, POR SER ESPACIOS PÚBLICOS ADMINISTRADOS POR LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA. ………………………….. ………………………… Firma: del empadronador. Firma: del Administrado. 2186202-1Ordenanza que aprueba los aranceles de costas procesales y gastos administrativos de los procedimientos de ejecución coactiva de la municipalidad de San Borja ORDENANZA Nº 700-MSB San Borja, 25 de mayo de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA, VISTOS: en la X-2023 Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 25 de mayo de 2023, el Dictamen N°019-2023-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales y el Dictamen N° 011-2023-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, que proponen al pleno del Concejo Municipal la aprobación de la Ordenanza que aprueba los aranceles de costas procesales y gastos administrativos de los procedimientos de ejecución coactiva de la Municipalidad de San Borja, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en materias de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las ordenanzas municipales, lo que de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, Inc. 4) de la constitución Política del Perú tienen rango de Ley. Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobiernos mediante aprobación de Ordenanza y Acuerdos; y el numeral 8) del Artículo 9º de la referida Ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modi fi cación y derogación de ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el Artículo 40º de la citada Ley, precisa que las ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, de igual manera, acorde a lo establecido en el artículo 44 de la Ley N° 27972, las Ordenanzas deben ser publicadas en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administración Pública. Asimismo, constituye el marco legal que garantiza a los Obligados al desarrollo de un debido procedimiento coactivo; Que, el numeral 9.1 del artículo 9º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979; establece que, se considera obligación exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente noti fi cado y que no haya sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la vía administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaído resolución fi rme con fi rmando la obligación; también serán