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52 NORMAS LEGALES Martes 13 de junio de 2023 El Peruano / usuarios que dejan estacionados los vehículos próximo a los establecimientos comerciales por más de ocho (08) horas; señalando proponer la regulación en ochocientos cincuenta (850) espacios habilitados, de acuerdo al O fi cio Nº 911-2019-MML-GMU-SIT y el Informe Nº 415-2019-MML-GTU-SIT-SE. la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fi n de dar solución a la problemática en las zonas radica en la falta de rotación de los vehículos en los estacionamientos públicos, toda vez que muchos usuarios estacionan por más de tres (03) horas y los que trabajan por las zonas, los dejan por ocho (09) horas a más, a su vez, se ha detectado que los vehículos mal estacionados, que en la mayoría de los casos son usuarios que realizan sus gestiones en un corto plazo, no han podido encontrar un espacio libre y que, la permanencia en exceso de los vehículos, limita la accesibilidad a un mayor número de usuarios. Por lo que se propone, tres (03) horas como máximo de tiempo de permanencia, para cada usuario; Que, estando lo expuesto la Unidad de Tránsito señala que es necesario aprobar la Ordenanza en los siguientes parqueos ubicados en el Jr. Remington cuadra 01 y 02, Jr. Bernini cuadra 01, Jr. Uccello cuadras 01 y 02, Jr. Morelli cuadra 01 y 02, la Av. San Luis cuadra 19, 20 y 24; Av. Aviación cuadra 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34; Av. Paseo del Bosque cuadra 5, Av. De las Artes cuadra 3, 4, 5, 9, 10; Ca. Rousseau cuadra 01, Av. Malachowsky cuadra 05, Av. Gálvez Barrenechea cuadra 13, Jr. Emilio Hart, Jr. Stravinsky cuadra 2, Jr. José Álvarez Calderón cuadra 01, haciendo una suma de ochocientos cincuenta (850) espacios. asimismo, señala que es competencia de las Municipalidades Distritales la administración de los estacionamientos en vías arteriales, colectoras y locales, de acuerdo a las normas sobre la materia; con la fi nalidad de salvaguardar el acceso a los estacionamientos públicos a un mayor número de usuarios. Debiéndose, implementar la señalización vertical y los banners de publicidad respectiva; así como la debida sensibilización a la ciudadanía; Que, mediante Informe N° 183-2023-MSB-GM- GSH-UF de fecha 28 de febrero de 2023 e Informe N° 202-2023-MSB-GSH-UF de fecha 06.03.2023, la Unidad de Fiscalización concluye que, es de suma importancia la aprobación y la implementación de la regulación del horario, uso y tiempo de permanencia en los espacios de estacionamiento vehicular temporal en el Distrito de San Borja, por cuanto regula y suma al cumplimiento de funciones generales o especi fi cas en la administración o prestación de los servicios públicos locales bajo un enfoque de modernización de la gestión pública del distrito de San Borja; Que, a través del Memorándum N° 067-2023-GM- OPE de fecha 14 de marzo de 2023, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, recoge lo señalado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización en el Informe N°032-2023-MSB-GM-OPE-UPR de fecha 14.03.2023, en el que señala que, se veri fi ca que cumple de conformidad con lo señalado en la “Directiva que establece las disposiciones y procedimientos para la gestión de convenios de la Municipalidad Distrital de San Borja” aprobada mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 014-2022-MSB-GM, asimismo indica que, se evidencia que, la propuesta y gestión del trámite para la aprobación del proyecto de Ordenanza, corresponde a las funciones según lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado mediante Ordenanza Nº 621-MSB, y a su vez, el Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2025, ampliado y Plan Estratégico Institucional 2020-2025 ampliado, concuerda con lo establecido en el proyecto de Ordenanza, respecto a la fi nalidad, así como de las disposiciones establecidas en dicho proyecto, se encuentran articulados directamente con un (1) Objetivo Estratégico Territorial y un (1) Objetivo Estratégico Institucional; Que, Mediante Informe N° 114-2023-MSB-GM-OAJ de fecha 17 de marzo de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica, realiza las siguientes observaciones al proyecto de Ordenanza, respecto de la implementación de la fi cha de empadronamiento, el estacionamiento de forma continua en la misma vía, el adhesivo para identi fi cación de empadronado cual sería la modalidad de entrega, si realizaría algún cobro por el usos de estacionamientos públicos de manera temporal y la falta de adecuación de la Ordenanza a lo dispuesto por la Ley Marco para la producción y sistematización legislativa, estando a las observaciones expuestas recomienda que previamente se derive los actuados a la O fi cina de Plani fi cación estratégica, conteniendo el proyecto normativo y su exposición de motivos, los cuales deberán estar enmarcados entre otros dentro de la Reglamentación de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa aprobada con el decreto Supremo N° 007-2022-JUS; Que, con Informe N° 123-2023-MSB-GM-GSH-UTR de fecha 23 de marzo de 2023, la Unidad de Tránsito, señala que ha realizado la subsanación de la las observaciones al proyecto de Ordenanza para la implementación de la regulación del horario, uso y tiempo de permanencia en los espacios de estacionamiento vehicular temporal en el Distrito de San Borja, acogiendo las recomendaciones realizadas en el Informe N° 114-2023-MSB-GM-OAJ de fecha 17 de marzo de 2023, por la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante el Informe N°136-2023-MSB-GM-OAJ de fecha 30 de marzo de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que, el proyecto adjunta la Exposición de Motivos describiendo la propuesta normativa, indicando su objeto y fi nalidad, el mismo que, se divide en: i) Objeto de la presente iniciativa de ordenanza Municipal; ii) Fundamentos del proyecto de Ordenanza Municipal y iii) Análisis costo bene fi cio de la forma propuesta, a su vez, indica el proyecto de Ordenanza se encuentra concordado con el Reglamento Nacional de Tránsito, que señala que esta prohibido que los conductores estacionen vehículos que conducen en los lugares en las que las señales lo prohíban, por mas tiempo del permitido o fi cialmente, en lugares autorizados para el efecto y fuera de las horas permitidas por dispositivos de tránsito o señales correspondiente, en lugares autorizados para el efecto, en se sentido, estando a los fundamentos normativos y lo expuesto por los órganos competentes intervinientes, opina que, resulta legalmente viable y conforme a la normativa vigente, la aprobación de la “Ordenanza para la implementación de la regulación del horario, uso y tiempo de permanencia en los espacios de estacionamiento vehicular temporal en el Distrito de San Borja”; Que, mediante Informe complementario N° 237-2023-MSB-GM-GSH-UTR de fecha 24 de abril de 2023, la Unidad de Tránsito señala que, en atención a lo los aportes y recomendaciones brindadas por los miembros de las comisiones de Regidores de Seguridad Humana, Asuntos Legales y Desarrollo urbano, durante la Sesión Conjunta de fecha 19 de abril de 2023, se acordó incorporar el empadronamiento de vecinos y el aumento de horario en lo respecta al uso de espacios públicos de los estacionamientos vehiculares del Proyecto de ordenanza para la implementación de la regulación del horario, uso y tiempo de permanencia en los espacios de estacionamiento vehicular temporal en el distrito de San Borja; Que de conformidad con lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8 del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REGULACIÓN DEL HORARIO, USO Y TIEMPO DE PERMANENCIA EN LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE SAN BORJA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- OBJETO Y FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por objeto regular el horario, uso y tiempo de permanencia en los espacios de