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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (16/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 16 de junio de 2023 El Peruano / de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, siendo su último día de labores el 15 de junio de 2023; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Hugo Armando Aliaga Gastelumendi, en el cargo de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- Disponer su publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: http://www.gob.pe/pension65. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO MENDIGURE FERNÁNDEZ Director Ejecutivo 2187741-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio del Interior y de la Superintendencia Nacional de Migraciones DECRETO SUPREMO Nº 122-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que la Policía Nacional del Perú ejerce competencia funcional y exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; y competencia compartida en materia de seguridad ciudadana; en el marco de las mismas, presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes, la seguridad del patrimonio público y privado; previene, investiga y combate la delincuencia y el crimen organizado; vigila y controla las fronteras; Que, el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES) establece que esta Entidad es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; precisando en el artículo 2 que MIGRACIONES tiene competencia en materia de política migratoria interna y participa en la política de seguridad interna y fronteriza; realizando el control migratorio en coordinación con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los Puestos de Control Migratorio o Fronterizos del país para su adecuado funcionamiento; Que, el artículo 6 del referido Decreto Legislativo establece que son funciones de MIGRACIONES, entre otras, a) Aprobar y autorizar visas, prórrogas de permanencia y residencia, así como el cambio de clase de visa y calidad migratoria; b) Otorgar y renovar los documentos que acrediten la permanencia o residencia legal de personas extranjeras, así como de las personas cuya condición de apátridas, asilados o refugiados sea determinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores; c) Registrar el movimiento migratorio de las personas, manteniendo un sistema de información estadística; d) Autorizar, denegar y controlar el ingreso, salida y permanencia legal de los extranjeros al país; e) Impedir el ingreso o la salida a nacionales y extranjeros que no cumplan con los requisitos, establecidos por la normativa vigente; f) Aplicar las sanciones a los ciudadanos extranjeros y a las empresas de transporte internacional por infracción a la normatividad vigente; y, g) Expedir pasaportes, salvoconductos o documentos de viaje análogos; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el O fi cio N° 000372-2023/IN/DM el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio del Interior para fi nanciar pasajes y viáticos por comisiones de servicio, vestuarios y calzado, racionamiento complementario de alimentos y mantenimiento de vehículos, e inversiones para los distintos Puestos de vigilancia Fronterizos en el departamento de Tacna; y a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES) para fi nanciar la contratación de personal bajo la modalidad de locación de servicios y operatividad de la Jefatura Zonal Tacna y puestos de control de dicha región; para la atención de la situación migratoria presentada en el departamento de Tacna; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 000390-2023/IN/OGPP/OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000271-2023-IN/OGPP/OPMI de la O fi cina de Programación de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del referido Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante Memorando N° 0758-2023-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1381-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y a la información remitida por el Ministerio del Interior, remite el número y costo del personal policial bene fi ciario para el pago de viáticos por comisión de servicio en el marco de la situación migratoria presentada en el departamento de Tacna; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 10 609 541,00 (DIEZ MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior y la Superintendencia Nacional de Migraciones, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional de los mencionados pliegos en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 10 609 541,00 (DIEZ MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior para fi nanciar pasajes y viáticos por comisiones de servicio, vestuarios y calzado, racionamiento complementario de alimentos y mantenimiento de vehículos, e inversiones para los distintos Puestos de vigilancia Fronterizos en el