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22 NORMAS LEGALES Viernes 16 de junio de 2023 El Peruano / servicio de la ciudadanía, que buscan reducir la situación de vulnerabilidad del país frente a los efectos del cambio climático, aprovechar las oportunidades de desarrollo bajo en carbono e implementar los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones sobre el Cambio Climático; Que, los artículos 8 y 9 del Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, establecen las funciones de las Autoridades Sectoriales en materia de cambio climático; Que, la creación de la Comisión Sectorial sobre Cambio Climático se justi fi ca por cuanto conforme lo establece el Informe N° 0011-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGAAA-DERNCC-GRPC, de la Dirección General Asuntos Ambientales Agrarios, sustenta la pertinencia y necesidad de su creación precisando que luego de la promulgación de la Ley Nº 30754, Ley Marco Sobre Cambio Climático, y de la aprobación de su Reglamento, se establece un marco normativo que determina roles y funciones claros a las autoridades sectoriales en materia de cambio climático. Desde entonces, las autoridades sectoriales deben adecuarse a esta nueva estructura. En tal sentido, se hace necesaria la existencia de un espacio de articulación sectorial que tenga como objetivo realizar el seguimiento al cumplimento de las funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), en su calidad de autoridad sectorial en materia de cambio climático; Que, la Comisión sectorial sobre cambio climático en el MIDAGRI realizará el seguimiento a los procesos de implementación de las medidas de adaptación al cambio climático y de mitigación de gases de efecto invernadero que conforman las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional - NDC bajo las competencias del MIDAGRI. Elaborará los informes que servirán de insumo para la elaboración de los reportes anuales sobre los avances en la implementación de las medidas de las NDC bajo las competencias del MIDAGRI dirigidos al Ministerio del Ambiente, en coordinación con el Punto Focal sectorial; así como, otras funciones encomendadas que coadyuven a optimizar las funciones sectoriales de fi nidas en la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, y su Reglamento; Que, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y modi fi catorias, las Comisiones Sectoriales son creadas con fi nes especí fi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente por Resolución Ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, asimismo, el numeral 21.1 del artículo 21 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, establece que las comisiones son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica y se crean para cumplir con funciones de seguimiento, supervisión, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros, y que, además, las Comisiones, sean temporales o permanentes, no tienen unidades orgánicas; Que, con Memorando N° 221-2023-MIDAGRI- DVDAFIR el Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego remite el O fi cio N° 178-2023-MIDAGRI- DVDAFIR/DGAAA, al que adjunta el Informe N° 0003-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA-DERNCC-GRPC, mediante el cual sustenta la propuesta de creación de la Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático - CSARCC, con el objeto de realizar el seguimiento al cumplimiento de las funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) entre otros, en materia de cambio climático, la misma que cuenta con la conformidad de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; Que, en cumplimiento del procedimiento señalado en la Directiva General N° 007-2023-MIDAGRI/OGPP-OM “Directiva para la creación y extinción de Comisiones y Grupos de Trabajo en el ámbito del Sector Agrario y de Riego” Versión 01, aprobado por Resolución de Secretaria General N° 027-2023-MIDAGRI-SG, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Dirección de la O fi cina de Modernización mediante Informe N° 0062-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OM, considera favorable la creación de la Comisión del Sector Agrario y Riego sobre Cambio Climático, asimismo precisa que respecto de la opinión favorable de las Unidades de Organización y los Organismos Públicos Adscritos del Sector, el Informe complementario N° 004-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGAA-DERNCCGRPC señala que no resulta necesario, en tanto los miembros que conforman la Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) serán los mismos que conforman el Grupo de Trabajo Técnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climático (GTTSACC); Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Secretario General, del Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y modi fi catorias; Ley Nº 30754, Ley Marco Sobre Cambio Climático; Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y su modi fi catoria; Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático; Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobado por la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación y Objeto Créase la Comisión Sectorial de carácter temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego denominada “Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC)”, con el objeto realizar el seguimiento al cumplimento de las funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), en su calidad de autoridad sectorial en materia de cambio climático, así como emitir los informes pertinentes en el marco de lo indicado en la Ley Nº 30754, Ley Marco Sobre Cambio Climático y su Reglamento. Artículo 2. - Funciones La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Realizar el seguimiento a los procesos de implementación de las medidas de adaptación al cambio climático y de mitigación de Gases de Efecto Invernadero (GEI) que conforman las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) bajo las competencias del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI). b) Emitir los informes que servirán de insumo para la elaboración de los reportes anuales sobre los avances en la implementación de las medidas de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) bajo las competencias del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) dirigidos al Ministerio del Ambiente (MINAM), en coordinación con el Punto Focal sectorial. Artículo 3.- Conformación La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC)está conformada por: a) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego (DVDAFIR), quien lo presidirá; b) Un/a representante de la Autoridad Nacional del Agua (ANA); c) Un/a representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR);