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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (16/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 16 de junio de 2023 El Peruano / d) Un/a representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA); e) Un/a representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA); f) Un/a representante de Sierra y Selva Exportadora (SSE); g) Un/a representante del Programa Subsectorial de Irrigaciones (PSI); h) Un/a representante del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AGRORURAL); i) Un/a representante del Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS); j) Un/a representante de la Unidad Ejecutora 0036- 001634 “FONDO SIERRA AZUL”; k) Un/a representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA); l) Un/a representante de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); m) Un/a representante de la Dirección General de Políticas Agrarias (DGPA); n) Un/a representante de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego (DGIHR); o) Un/a representante de la Dirección General de Gestión Territorial (DGGT); p) Un/a representante de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA); q) Un/a representante de la Dirección General de Desarrollo Ganadero (DGDG); r) Un/a representante de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas (DGESEP); s) Un/a representante de la O fi cina General de Tecnología de la Información (OGTI); t) Un/a representante de los Proyectos Especiales del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI); Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaria Técnica de la Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) está a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), y tiene como función brindar asistencia, apoyo técnico y administrativo permanente para el cumplimiento de su objeto y funciones. Sus funciones se especi fi carán y detallarán en el Reglamento Interno de la Comisión. Artículo 5.- Designación de representantes Las direcciones, unidades orgánicas, los programas, los organismos públicos adscritos y proyectos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) señalados en el artículo 4 designarán, mediante documento correspondiente dirigido a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA), un representante titular y un representante alterno, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Instalación de la Comisión Sectorial La Comisión Sectorial se instala dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) con previo acuerdo de sus miembros, podrá solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de las diferentes entidades públicas y/o privadas, así como de la cooperación internacional; para lo cual podrá convocar a los especialistas e instituciones que sean necesarios cuya participación pueda coadyuvar al cumplimiento de su objeto y funciones, quienes podrán participar en las sesiones con voz pero sin voto. Artículo 8.- Equipos Técnicos de trabajo La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) podrá organizar Equipos Técnicos para áreas especí fi cas de trabajo, en el marco del objeto y funciones de la Comisión. Artículo 9.- Reglamento Interno La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC), dentro del plazo de sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, aprueba su Reglamento Interno, mediante el cual se establece la forma en que se realizan las convocatorias a las sesiones, así como el quórum necesario para su realización, e incluye las demás disposiciones para su adecuado desarrollo y organización. Dicho Reglamento Interno incluirá disposiciones para el correcto desarrollo y la organización de la presente Comisión, así como sobre la conformación y demás disposiciones referidas a los equipos técnicos que se señala en el artículo precedente. Artículo 10.- Financiamiento La implementación de las funciones de la Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional del Sector sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, cada dirección, unidad orgánica, programas, organismos públicos adscritos y proyectos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) asumirá los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de su representante de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales a Tesoro Público. Artículo 11.- Vigencia La Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) tiene vigencia de tres (3) años; plazo que debe ser contado desde el día de su instalación. Artículo 12.- Derogatoria Derogar las Resoluciones Ministeriales Nº 0647- 2008-AG, Nº 0166-2011-AG, Nº 0363-2013-MINAGRI, Nº 0524-2014-MINAGRI y Nº 0126-2017-MINAGRI. Artículo 13.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a los integrantes de la Comisión del Sector Agrario y de Riego sobre Cambio Climático (CSARCC) señalada en el artículo 3. Artículo 14.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y de Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2187531-1 Aprueban dos (02) Fichas de Homologación denominadas: “Puerta de madera clase B machiembrada horizontal batiente de 1 hoja de 0.90m x 2.10m” y “Puerta de madera clase B machiembrada horizontal batiente de 1 hoja de 1.00m x 2.10m” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0188-2023-MIDAGRI Lima, 15 de junio de 2023VISTOS:El O fi cio Nº D000475-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE de la Dirección Ejecutiva del Servicio Nacional Forestal