TEXTO PAGINA: 18
18 NORMAS LEGALES Viernes 16 de junio de 2023 El Peruano / Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar deDisponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 01367-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 304-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, mediante el Informe Legal N° 00892-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Coronel EP Julio Adolfo POZO PALOMINO (titular) y del Mayor EP Dennis BEGAZO CURIE (suplente), para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor, a realizarse en el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Coronel EP Julio Adolfo POZO PALOMINO (titular), identi fi cado con DNI N° 10680887 y CIP N° 120560900, o del Mayor EP Dennis BEGAZO CURIE (suplente) identi fi cado con DNI N° 40444217 y CIP N° 122220100, para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor, a realizarse en el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 21 de junio de 2023 al 5 de junio de 2024; así como, autorizar su salida del país el 20 de junio de 2023 y su retorno el 6 de junio de 2024. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Gastos de Traslado (Ida): equipaje, bagaje e instalación US$ 6,416.28 x 1 x 1 persona US$ 6,416.28 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero (20%): US$ 1,283.26/30 x 10 días x 1 persona (21 – 30 Jun 2023) US$ 427.75US$ 1,283.26 x 6 meses x 1 persona (1 Jul – 31 Dic 2023) US$ 7,699.56 Total a pagar US$ 14,543.59Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presenta autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Ejército del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 7.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El personal militar autorizado revistará en la O fi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure el viaje al exterior, en misión de estudios. Artículo 9.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2187178-1 Autorizan viaje de personal militar FAP a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00541-2023-DE Lima, 13 de junio del 2023VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 001815-2023-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01469-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00901-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, la Fuerza Aérea del Perú colabora de manera efectiva en la ejecución de la política exterior de Perú en el ámbito aeroespacial y ciberespacial, acorde al crecimiento económico y desarrollo de la Nación, proyectando su imagen a nivel internacional y manteniéndose actualizada en los avances en el ámbito aeroespacial, para ello participa permanentemente en diversos eventos internacionales como ferias, conferencias, seminarios y otros relacionados con la tecnología en defensa, seguridad e industria aeroespacial, como integrantes de una fuerza conjunta o combinada;