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46 NORMAS LEGALES Martes 27 de junio de 2023 El Peruano / civil mixta, evidencia que se encontraría en situación de sobrecarga procesal. Por otro lado, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000177-2023-CE-PJ se ha dispuesto que la Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Sullana, creada mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ y su modi fi catoria mediante Resolución Administrativa N° 000445-2022-CE-PJ, inicie su funcionamiento a partir del 1 de julio de 2023, disponiéndose en el numeral 18) del anexo del artículo tercero de la citada resolución administrativa, el cierre de turno de la Sala Laboral Transitoria de Sullana, a partir del 1 de julio de 2023, para el ingreso de expedientes de todas las subespecialidades laborales, y que esta sala transitoria redistribuya a la sala permanente a implementarse, toda la carga pendiente de expedientes en etapa de trámite de las subespecialidades correspondientes a la Nueva Ley Procesal del Trabajo, contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y liquidación de procesos con la Ley N° 26636 (LPT), con lo cual dicha sala transitoria quedará disponible para poder ser convertida y reubicada a otra Corte Superior que requiera de su apoyo. d) El 5° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, que actualmente tramita con turno abierto expedientes de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), y cuyo plazo de funcionamiento vence el 31 de julio del presente año, al mes de marzo de 2023 registró una carga pendiente de 271 expedientes, la cual debe haber disminuido a la fecha; asimismo, resulta pertinente señalar que a más tardar el 1 de julio de 2023 entrará en funcionamiento el 3° Juzgado de Trabajo Permanente de dicha provincia, con competencia funcional en la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), conforme a lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000177-2023-CE-PJ, estableciéndose en el numeral 13) del anexo indicado en el artículo tercero de la citada resolución administrativa, el cierre de turno del 5° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Piura para el ingreso de expedientes de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) y además que este juzgado transitorio redistribuya al 3° Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia toda la carga pendiente en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la referida subespecialidad; con lo cual dicho juzgado transitorio estará disponible para ser convertido y/o reubicado hacia otro Distrito Judicial que lo requiera. Por otro lado, al mes de marzo de 2023 el Juzgado Mixto de Permanente de la Provincia de Padre Abad, Corte Superior de justicia de Ucayali, registró una carga pendiente de 1064 expedientes en etapa de trámite, de los cuales 513 corresponden a la especialidad de familia, correspondiendo 339 a expedientes de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar y solo 174 a expedientes a las otras subespecialidades de familia; además registró una carga pendiente de 186 expedientes en la subespecialidad civil-civil y un total de 257 expedientes en la especialidad penal en su función adicional como juzgado penal unipersonal; razón por la cual se dispuso en uno de los extremos del artículo vigesimotercero de la Resolución Administrativa N° 000172-2023-CE-PJ que la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Nuevo Código Procesal Penal evalúe la posibilidad de asignar temporalmente un juzgado penal unipersonal transitorio para atender la carga pendiente de expedientes existentes de dicho sistema procesal. e) Mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000177-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder judicial dispuso que a partir del 1 de julio de 2023, se inicie el funcionamiento del 4° Juzgado de Trabajo Permanente en la Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura, el cual tendrá competencia funcional en la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT); disponiéndose en el numeral 13) del anexo indicado en el artículo tercero de la citada resolución administrativa, el cierre de turno del 8° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Piura para el ingreso de expedientes de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) y además que este juzgado transitorio redistribuya al 4° Juzgado de Trabajo Permanente de la misma provincia toda la carga pendiente en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la referida subespecialidad. Al respecto, el 8° Juzgado de Trabajo Transitorio de Piura, que tramita con turno abierto expedientes de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), al mes de marzo de 2023 resolvió 84 expedientes de una carga procesal de 358, quedándole una carga pendiente de 273 expedientes, la cual debe haber disminuido a la fecha; además, después de que se efectúe el cierre de turno y la redistribución de expedientes de toda la carga pendiente de la referida subespecialidad laboral, al 4° Juzgado de Trabajo Permanente de la Provincia de Piura, este juzgado transitorio tendrá una mínima carga pendiente por liquidar, estando disponible para ser convertido y reubicado a otra especialidad que se requiera. De otro lado, el Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Tambo Grande, Provincia de Piura, que tramita expedientes de todas las subespecialidades de las especialidades civil, laboral y familia, incluidos los procesos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, y en adición de funciones actúa como juzgado penal unipersonal tramitando expedientes penales del Nuevo Código Procesal Penal, al ser el único juzgado especializado del referido distrito, al mes de marzo de 2023 registró una carga pendiente de 1,087 expedientes, de la cual 298 expedientes corresponden a la subespecialidad de familia-civil, 156 a civil-civil y 75 a la subespecialidad laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT); estimándose para fi nes del presente año una carga procesal proyectada de 2,496 expedientes, cifra que al ser mayor a la carga procesal máxima de 1,870 expedientes, establecida para un juzgado mixto que tramita expedientes con violencia familiar, evidencia que este juzgado permanente se encontraría en situación de sobrecarga procesal como consecuencia de la elevada carga inicial de 1043 expedientes que registró a inicios del presente año, siendo necesario que cuente con el apoyo temporal de un juzgado civil transitorio para la descarga procesal de su elevada carga pendiente. Asimismo, se observa que de la carga pendiente de 1087 expedientes que registra el Juzgado Mixto Permanente del Distrito de Tambo Grande, 434 expedientes, equivalente a aproximadamente el 40% de dicha carga pendiente, corresponden a la especialidad penal en su función adicional como juzgado penal unipersonal, por lo que se requeriría también del apoyo de un juzgado penal unipersonal transitorio para los procesos con el Nuevo Código Procesal Penal. f) Mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000177-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto que a partir del 1 de julio de 2023, se inicie el funcionamiento del 2° Juzgado de Trabajo Permanente en la Provincia y Corte Superior de Justicia de Sullana, disponiéndose en el numeral 18) del anexo del artículo tercero de dicha resolución administrativa, el cierre de turno del Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Sullana para el ingreso de expedientes de las subespecialidades contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), la liquidación de procesos con la Ley N° 26636 (LPT) y además que este juzgado transitorio redistribuya al 2° Juzgado de Trabajo de la misma provincia toda la carga pendiente de las subespecialidades de contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) y la liquidación de procesos con la Ley N° 26636 (LPT) que correspondan a expedientes en etapa de trámite más antiguos que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de julio de 2023, incluyéndose en dicha redistribución los expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución. Al respecto, mediante O fi cio N° 000169-2023-ST- ETIINLPT-CE-PJ de fecha 5 de junio de 2023, la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, ha señalado que el Juzgado de Trabajo del Distrito de Pariñas, Provincia de Talara, que es el único que atiende los expedientes de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) registró una carga procesal de 497 expedientes, y presenta regular avance de su meta al mes de marzo del presente año, estimándose que dicho órgano jurisdiccional