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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (30/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 23 de febrero de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad colombiana AMPARO ESTELA BURBANO SOLANO formulada por la Cuarta Sala Penal de Apelaciones – Ex Segunda Sala Penal Liquidadora Permanente – de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser procesada por la presunta comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente N° 24-2023); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N.º 074-2023/COE-TPC, del 23 de mayo de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de tráfi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano; Que, conforme al Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia modi fi catorio del Convenio Bolivariano de Extradición fi rmado el 18 de julio de 1911, suscrito el 22 de octubre de 2004 y vigente desde el 16 de junio de 2010; así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Acuerdo; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana colombiana AMPARO ESTELA BURBANO SOLANO para ser extraditada de la República de Colombia y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2191772-7Revocan la Resolución Suprema N° 091- 2022-JUS, mediante la cual el Gobierno peruano accedió a solicitud de extradición activa de ciudadana peruana para ser extraditada de la República Italiana y ser procesada en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 138-2023-JUS Lima, 28 de junio de 2023VISTO; el Informe N.º 077-2023/COE-TPC, del 23 de mayo de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la Revocatoria de la Resolución Suprema N.º 091-2022-JUS, publicada el 7 de mayo de 2022, mediante la cual el Gobierno peruano accedió a la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana ESTEFANY CAMILA CÓRDOVA LUGO formulada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Permanente (Función Liquidadora) de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser extraditada de la República Italiana y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión del delito de robo agravado en grado de tentativa, en agravio de una menor de edad con identidad reservada; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Consultiva del 23 de noviembre de 2021, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana Estefany Camila Córdova Lugo a la República Italiana, formulada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Permanente (Función Liquidadora) de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesada por la presunta comisión del delito de robo agravado en grado de tentativa, en agravio de una menor de edad con identidad reservada (Expediente N° 119-2021); Que, mediante Resolución Suprema N.º 091-2022- JUS, publicada el 7 de mayo de 2022 en el diario o fi cial El Peruano, el Gobierno peruano accede a la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana ESTEFANY CAMILA CÓRDOVA LUGO, formulada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Permanente (Función Liquidadora) de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para ser procesada por la presunta comisión del delito de robo agravado en grado de tentativa, en agravio de una menor de edad con identidad reservada; Que, mediante Resolución del 23 de setiembre de 2022, aclarada el 7 de diciembre de 2022, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República dejó sin efecto la Resolución Consultiva del 23 de noviembre de 2021, por haberse resuelto la situación jurídica de la reclamada durante el trámite de la extradición activa y solicitó la revocatoria de la Resolución Suprema N° 091-2022-JUS; Que, el literal e) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, revocar o no la Resolución Suprema que accede al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, mediante Informe N.º 077-2023/COE-TPC, del 23 de mayo de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone revocar la Resolución Suprema N.º 091-2022-JUS, publicada el 7 de mayo de 2022 en el diario o fi cial El Peruano, mediante la cual el Gobierno peruano accedió a la solicitud de extradición activa de la persona requerida; Que, el Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana, suscrito el 24 de noviembre de 1994 y vigente desde el 7 de abril de 2005 y su Protocolo Modi fi catorio