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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2023 (15/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de marzo de 2023 El Peruano / f) Realizar acciones de vigilancia ciudadana a las diversas políticas y programas de juventud que se ejecuten en los distintos niveles de gobierno. g) Promover la participación juvenil en el presupuesto participativo y otros espacios de concertación. Artículo Tercero.– DE LA ORGANIZACIÓN El Consejo Regional de la Juventud de Tumbes - COREJU Tumbes, para el ejercicio de sus funciones se organiza de la siguiente manera: a) Asamblea Regional b) Junta Directiva • Secretario/a Regional. • Sub Secretario/a Regional.• Secretario/a de Organización. c) Secretaria Técnica. d) Grupos de Trabajo. Artículo Cuarto.– DE LA ASAMBLEA REGIONALEs la Máxima instancia de decisión del Consejo Regional de la Juventud de Tumbes - COREJU Tumbes, conformada por las organizaciones juveniles entre 15 a 29 años de edad, acreditadas para este proceso por el Gobierno Regional de Tumbes. Los Consejos Provinciales de la Juventud o similares, forman parte de la Asamblea Regional del Consejo Regional de la Juventud de Tumbes. Artículo Quinto.- DE LA JUNTA DIRECTIVAEs el Órgano de representación, dirección, plani fi cación, coordinación y organización de Consejo Regional de la Juventud de Tumbes - COREJU Tumbes. Cuyos miembros son electos por la Asamblea Regional. Para su conformación deberá contar con un enfoque territorial, es decir, por lo menos uno de sus miembros será de una provincia distinta, del mismo modo se considera un enfoque de paridad y alternancia. La Junta Directiva está conformada por los siguientes cargos: • Secretario/a Regional: Representa y lidera el Consejo Regional de la Juventud de Tumbes - COREJU Tumbes, dirige las reuniones de la Junta Directiva y la Asamblea Regional. El Secretario Regional debe tener entre 18 a 29 años de edad. • Sub Secretario/a Regional: En ausencia del Secretario/a Regional lo reemplaza y lo apoya en el ejercicio de sus funciones. • Secretario/a de Organización: Se encarga de la formulación de estrategias y acciones orientadas al fortalecimiento organizacional. Artículo Sexto.- DE LA SECRETARIA TÉCNICA Es el órgano de apoyo del Consejo Regional de la Juventud de Tumbes - COREJU Tumbes. Brinda asistencia técnica y logística, facilita la articulación y comunicación con los diferentes órganos de línea del Gobierno Regional, las municipalidades provinciales y distritales, organismos o servicios descentralizados del Gobierno Central, con la fi nalidad de materializar las políticas, planes, programas y proyectos en favor de las juventudes de la región. Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría Técnica designa a un/a Secretario/a Técnico/a Secretario/a Técnico: Servidor/a público/a designado/a por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, sin distinción de edad, cumple la función de coordinación, asesoría y asistencia al Consejo Regional de la Juventud de Tumbes - COREJU Tumbes, puede participar en las sesiones de la Asamblea Regional o Junta Directiva con derecho a voz, pero sin voto. Artículo Séptimo.- DE LOS GRUPOS DE TRABAJO La Asamblea Regional conforma grupos de trabajo de acuerdo a las temáticas que priorice, con la fi nalidad de incidir y participar en las políticas, planes, programas y proyectos que afectan a la población joven. En los grupos de trabajo participan dos o más miembros y son liderados por un/a coordinador/a. Según la temática articulan con los órganos de línea del Gobierno Regional competentes en la materia. Artículo Octavo.- DEL PERIODO DE REPRESENTACIÓN Los cargos e instancias de organización del Consejo Regional de la Juventud de Tumbes – COREJU Tumbes, son de elección democrática por el periodo de dos (02) años, salvo el cargo de Secretario/a Técnico. Artículo Noveno. - DEL RECONOCIMIENTO El Gobierno Regional a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, reconoce mediante Resolución Gerencial Regional a los miembros de la Junta Directiva y al Secretario/a Técnico. Artículo Décimo.– ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tumbes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional y en un plazo de treinta (30) días calendarios de la Instalación del Consejo Regional de la Juventud de Tumbes – COREJU TUMBES, elaborará el nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional de la Juventud de Tumbes. Artículo Décimo Primero.– ENCARGAR, al responsable de la O fi cina Regional de Administración, realice las acciones administrativas necesarias para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, la misma que luego de ello sea publicada en el portal Web del Gobierno Regional de Tumbes. Artículo Décimo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única DerogaciónDERÓGASE, en todos sus extremos la Ordenanza Regional N° 002-2015/GOB.REG.TUMBES-CR, y toda disposición regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes, a los 14 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. JOSÉ ALBINO ORTIZ ZÁRATE Consejero Regional POR TANTO:Regístrese, Publíquese y Cúmplase.Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 27 de diciembre de 2022. JOSÉ ANTONIO ALEMAN INFANTE Gobernador Regional (P) 2159800-1 Aprueban el “Plan Regional de Acuicultura de Tumbes 2022-2030” CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2022/GOB.REG.TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL TUMBESHA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: