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42 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de marzo de 2023 El Peruano / Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLÁRESE al año 2023 como el “AÑO DE LA INTEGRACIÓN REGIONAL, CONCERTACIÓN Y GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA EN LA REGIÓN PASCO”. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a Secretaría General del Gobierno Regional de Pasco, comunique a todas las instituciones públicas y privadas de la Región Pasco, para que consignen en sus documentos en forma obligatoria después del nombre del año Nacional, la denominación regional. Artículo Tercero.- DELÉGUESE a Secretaria del Gobierno Regional de Pasco la publicación de la Ordenanza Regional en el diario O fi cial El Peruano y por el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco, para el cumplimiento y conocimiento en toda la Región Pasco. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. GERSON ROLANDO GRIJALVA SANTOS Presidente del Consejo Regional Pasco POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.En la Provincia de Pasco, a los diecisiete días del mes de enero del dos mil veintitrés. JUAN LUIS, CHOMBO HEREDIA Gobernador Regional 2160149-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Aprueban la creación de la Comisión Regional Anticorrupción de Tumbes CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2022/GOB.REG.TUMBES-CR-CD EL CONSEJO REGIONAL TUMBESHA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: POR CUANTO El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680; Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modi fi catorias y demás normas complementarias. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por el Artículo Único de la Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;Que, mediante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modi fi cada por la Ley Nº 31433, respecto a las atribuciones y responsabilidades de los Consejeros Regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fi scalización, en su Artículo 15º literal a) establece como atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”, en concordancia con el literal e) que faculta aprobar su Reglamento Interno; y en su Artículo 8º numeral 6) establece que “La política y la gestión regional se rigen con criterios de e fi ciencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos”; Que, de conformidad con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, en su Artículo 8º establece que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de regular, normar y administrar los asuntos públicos de su competencia; Que, mediante la Ley Nº 29976, Ley que Crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país; Que, el numeral 9.1 del Artículo 9º de la Ley Nº 29976, establece que los gobiernos regionales y locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción, cuya conformación se da en el marco de la citada Ley, en lo que fuera aplicable; Que, con el Decreto Supremo Nº 089-2013-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29976, Ley que Crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con la fi nalidad de desarrollar, entre otros aspectos, las funciones y los roles que le corresponde, dentro de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, a cada uno de los representantes que la conforman y a su Coordinación General; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 169-2021- PCM, se modi fi ca el Reglamento de la Ley Nº 29976, Ley que Crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, aprobado por Decreto Supremo Nº 089-2013-PCM, con la fi nalidad de desarrollar las funciones y los roles que le corresponde a las Comisiones Regionales Anticorrupción y precisar su vinculación con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; Que, de conformidad con el Artículo 25º del referido Reglamento señala que los gobiernos regionales crean e implementan Comisiones Regionales Anticorrupción en el marco de la Ley y el presente Reglamento, emitiendo la Ordenanza Regional respectiva, a fi n de constituir un espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, coordinando para tal efecto con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Las Comisiones Regionales Anticorrupción son de naturaleza permanente y están adscritas del Gobierno Regional que las crea; Que, asimismo, el Artículo 27º establece que en el marco de la Ley y el presente Reglamento se instalan Comisiones Regionales Anticorrupción, las cuales se conforman teniendo en cuenta la representación departamental de las entidades que conforman la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y las entidades del sector público, sector privado y sociedad civil vinculadas en materia anticorrupción en la jurisdicción. Para tal efecto, se toma en consideración las equivalencias señaladas en el Anexo A de la presente norma; Que, mediante O fi cio Nº 001-2022-CRAT-P, de fecha 28 de abril de 2022, la Presidente de la Comisión Regional Anticorrupción de Tumbes; Dra. Cecilia Herminia Butrón Cartolín, solicita al Gobernador Regional de Tumbes; Med. José Antonio Alemán Infante, la emisión de una nueva Ordenanza Regional para crear la Comisión Regional Anticorrupción de Tumbes, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 29976; Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 089-2013-PCM, y modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 169-2021-PCM, alcanzando para ello el Proyecto de Ordenanza Regional correspondiente. Asimismo, solicita la identi fi cación del Titular del Órgano