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53 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de marzo de 2023 El Peruano / General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 078-2023-OGAJ-MDMM de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 311-2023-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, sobre el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA 2024 de la Municipalidad de Magdalena del Mar; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que el Estado a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidos en la presente Ley; Qué; el artículo 9º de la norma acotada, establece que la Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperar del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y fi scalización Ambiental; a) El Ministerio del Ambiente (MINAM); b) El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), y c) Las Entidades de Fiscalización Ambiental, Nacional, Regional y Local (EFA); Que, el artículo 7º de la precitada norma, señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA. Estas entidades forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de la presente Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema; Que, con Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD publicada en el diario o fi cial “EL PERUANO” el 5 de febrero de 2019, se aprueba los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA, derogándose la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD y su modi fi catoria; Que, el artículo 5º de la norma acotada, establece que el PLANEFA será elaborado de forma coordinada por los órganos de la EFA que ejerzan las acciones de fi scalización ambiental y el órgano que tenga a cargo funciones de plani fi cación y presupuesto; Que, mediante Informe Nº 041-2023-SGFCSS-GCSC- MDMM la Sub Gerencia de Fiscalización, Control Sanitario y Sanciones, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2024; Que, mediante Memorando Nº 0092-2023-GDSGA- MDMM la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2024, precisando, que para la elaboración del PLANEFA 2024, se ha respetado los lineamientos establecidos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA; Que, mediante Memorando Nº 401-2023-OGPP- MDMM la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, encuentra viable la propuesta presentada por la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, referente a la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA – 2024; Que, mediante Informe Nº 078-2022-OGAJ-MDMM la O fi cina General de Asesoría Jurídica, concluye que estando en el marco legal expuesto y en consideración de los elementos brindados para la opinión jurídica, considera que se debe proceder a implementar el PLANEFA a través de Resolución de Alcaldía de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA-CD; Estando a lo expuesto, con opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y en uso de sus facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2024 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina General de Tecnología de la Información la publicación del integro de este documento en el portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental el registro del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2024 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, mediante el aplicativo informático PLANEFA disponible en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (http://www.oefa,gob.pe/aplicativo/planefa). Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental y Sub Gerencia de Fiscalización, Control Sanitario y Sanciones, la ejecución, supervisión y evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental PLANEFA 2024 de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, de acuerdo a sus funciones y competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 2159567-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza que declara de manera expresa la derogatoria de la Ordenanza N° 361-MDPH con eficacia anticipada al 9 de febrero de 2023 ORDENANZA N° 470-MDPH Punta Hermosa, 27 de febrero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA HERMOSA;VISTO: La Ordenanza N° 361- MDPH, de fecha 15 de noviembre de 2017, la Ordenanza N° 468-MDPH, de