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3 NORMAS LEGALES Martes 28 de marzo de 2023 El Peruano / PODER EJECUTIVO CUL TURA Modifican el Reglamento Interno de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000119-2023-MC San Borja, 25 de marzo del 2023VISTOS; el Memorando N° 000314-2023-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000459-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, re fi ere que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, a través del Decreto Supremo N° 009-2020-MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, como un documento que sustenta la acción pública en materia de derechos culturales y, que permite integrar, alinear y dar coherencia a las estrategias e intervenciones con el propósito de servir mejor a la ciudadanía; y tiene como objetivo promover un mayor ejercicio de los derechos culturales, garantizando el acceso, participación y contribución de los/las ciudadanos/as en la vida cultural; Que, la referida política nacional presenta objetivos prioritarios que son el centro de la apuesta estratégica de la Política Nacional de Cultura al 2030, conteniendo indicadores que medirán su desempeño y, lineamientos que concretarán las intervenciones del Sector. Dichos Objetivos Prioritarios (OP) son: OP1) Fortalecer la valoración de la diversidad cultural; OP2) Incrementar la participación de la población en las expresiones artístico – culturales; OP3) Fortalecer el desarrollo sostenible de las artes e industrias culturales y creativas; OP4) Fortalecer la valoración del patrimonio cultural; OP5) Fortalecer la protección y salvaguardia del patrimonio cultural para su uso social; y, OP6) Garantizar la sostenibilidad de la gobernanza cultural; Que, el artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que el Ministerio de Cultura cuenta con una Comisión Consultiva Nacional de Cultura, encargada de asesorar a la Alta Dirección sobre la política cultural, que incluye el Patrimonio Cultural, las Artes, e Industrias Culturales; la cual se regirá por su Reglamento Interno, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 000016- 2021-DM/MC, se aprueba el “Reglamento Interno de la Comisión Consultiva de Cultura”; Que, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el OP 6) denominado “Garantizar la sostenibilidad de la gobernanza cultural”, de la Política Nacional de Cultura al 2030 aprobada mediante el Decreto Supremo N° 009-2020-MC, mediante el Memorando N° 000012-2023-GA/MC, el Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial remite la propuesta de modi fi cación del “Reglamento Interno de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura”;Que, por su parte, a través del Memorando N° 000314- 2023-OGPP/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000075-2023-OOM/MC de la O fi cina de Organización y Modernización, con el cual se emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del “Reglamento Interno de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura”; Que, por lo tanto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente que modi fi que el “Reglamento Interno de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura”; Con las visaciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Supremo N° 009-2020-MC, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030; y, el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi cación de los artículos 3, 6 y 14 del Reglamento Interno de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura aprobado por la Resolución Ministerial N° 000016-2021-DM/MC Modi fi car los artículos 3, 6 y 14 de la Resolución Ministerial N° 000016-2021-DM/MC; el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 3.- De las funciones La Comisión Consultiva Nacional de Cultura es un órgano de carácter permanente del Ministerio de Cultura, la cual tiene las siguientes funciones: a) Asesorar a la Alta Dirección en materia de política cultural. La asesoría que se brinde, entre otros aspectos, será en función de materias, o del fortalecimiento de los objetivos prioritarios por el Sector Cultura en cada región. b) Analizar, absolver consultas y emitir opinión sobre políticas, estrategias, planes e intervenciones que el/la Ministro/a someta a su consideración. c) Promover el diálogo y la generación de sinergias en materia cultural entre el Estado, el sector privado, la sociedad civil y la ciudadanía en general.” “Artículo 6.- De los Miembros La Comisión Consultiva Nacional de Cultura está integrada por: a) El/La Titular del Sector Cultura, quien la preside. b) Profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia. Los/Las miembros integrantes señalados en el literal b), lo integra un representante por región y cuentan con un representante alterno, designados/as por Resolución Suprema por el periodo de 1 año, previa invitación de el/la titular del sector cultura. Culminado dicho periodo y de no haberse designado a nuevos miembros integrantes, continuarán en el ejercicio de sus funciones en tanto se designa a los nuevos miembros integrantes. Adicionalmente a lo previsto en el párrafo precedente, se pueden asignar miembros ad hoc para apoyo consultivo en cada región o en determinado proyecto, actividad o intervención. La Comisión Consultiva Nacional de Cultura cuenta con una Secretaría Técnica, a cargo de el/la Jefe/a del Gabinete de Asesores del Ministerio de Cultura.” “Artículo 14.- De los grupos de trabajo ad hoc 14.1 Los grupos de trabajo ad hoc son designados por el/la Presidente/a de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura a través de resolución ministerial, para el abordaje de temas especí fi cos. 14.2 Cada grupo de trabajo ad hoc es liderado por un miembro de la Comisión Consultiva Nacional de Cultura, el cual, asume por región o materia, el rol de asesor líder para el fortalecimiento de los objetivos prioritarios por el Sector Cultura en cada región.”