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4 NORMAS LEGALES Martes 28 de marzo de 2023 El Peruano / Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2163921-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban los Lineamientos, de alcance sectorial, LI N° 002-2023-MIDAGRI/SG-ODNGRD “Lineamientos básicos para la Evaluación Complementaria de Daños y Análisis de Necesidades del Sector Agrario y de Riego ante eventos adversos – ECDANSAR”, Versión 01 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0096-2023-MIDAGRI Lima, 27 de marzo de 2023VISTOS: El Memorando N° 037-2023-MIDAGRI-SG/ODNGRD y el Informe N° 0015-2023-MIDAGRI-SG/ODNGRD-CWFC de la O fi cina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres – ODNGRD sobre aprobación de los Lineamientos básicos para la Evaluación Complementaria de Daños y Análisis de Necesidades del Sector Agrario y de Riego ante eventos adversos – ECDANSAR; el Memorando N° 0401-2023-MIDAGRI-SG/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 329 -2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligro o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el Reglamento de la Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres – SINAGERD, aprobado mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, dispone en el numeral 13.3 del artículo 13 que los órganos y unidades orgánicas de los sectores y las entidades del Gobierno Nacional, deberán incorporar e implementar en su gestión, los procesos de estimación, prevención, reducción de riesgo, reconstrucción, preparación, respuesta y rehabilitación, transversalmente en el ámbito de sus funciones; Que, en la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2021-PCM; se establece en los Objetivos Prioritarios 3, 5 y 6 “Mejorar la implementación articulada de la gestión del riesgo de desastres en el territorio”, “Asegurar la atención de la población ante la ocurrencia de emergencias y desastres”, y “Mejorar la recuperación de la población y sus medios de vida afectados por emergencias y desastres” respectivamente, por tipo de evento de nivel de emergencia 4 y 5; Que, para tal fi n mediante Resolución Ministerial N° 0320-2021-MIDAGRI, se Constituye el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – GTGRD-MIDAGRI, encargado de la formulación de normas y planes, evaluación, organización, supervisión, fi scalización y ejecución de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres de competencia del Sector; de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Reglamento de la Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastres – SINAGERD; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0288-2016-MINAGRI, se aprueba los Lineamientos básicos que establecen el procedimiento de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades del Sector Agricultura y Riego - EDANSAR – ante eventos adversos”, el mismo que es necesario actualizarlo de acuerdo al marco normativo actualmente vigente; Que, el literal b) del artículo 60 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, señala que la O fi cina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres - ODNGRD, tiene por función “Elaborar y proponer lineamientos, directivas, planes u otros instrumentos en materia de su competencia, así como realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación de su cumplimiento, de acuerdo al marco legal vigente y las disposiciones dictadas por los entes rectores”; Que, en ese contexto mediante el Informe N° 0015-2023-MIDAGRI-SG/ODNGRD-CWFC, la O fi cina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres – ODNGRD, presenta la propuesta de “Lineamientos básicos para la Evaluación Complementaria de daños y Análisis de Necesidades del Sector Agrario y de Riego ante evento adversos – ECDANSAR” Versión 01, acorde a la nueva normativa del SINAGERD así como a la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; propuesta que cuenta con los aportes del Equipo Técnico de apoyo al Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; de algunas unidades de organización del MIDAGRI así como de algunas Gerencias y Direcciones Regionales de Agricultura; Que, mediante el Informe N° 0029-2023-MIDAGRI- SG/OGPP-OM, la O fi cina de Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable señalando que la propuesta “Lineamientos básicos para la Evaluación Complementaria de Daños y Análisis de Necesidades del Sector Agrario y de Riego ante eventos adversos - ECDANSAR”, Versión 01, cumple con el esquema y disposiciones señaladas en la Directiva General DI N° 001-2022-MIDAGRI/OGPP-OM Directiva de Documentos Normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, versión 01, aprobada con Resolución Ministerial N° 0187-2022-MIDAGRI; Con las visaciones del Secretario General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Ministerial No 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los Lineamientos, de alcance sectorial, LI N° 002-2023-MIDAGRI/SG-ODNGRD “Lineamientos básicos para la Evaluación Complementaria de Daños y Análisis de Necesidades del Sector Agrario y de Riego ante eventos adversos – ECDANSAR”, Versión 01 que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 0288-2016-MINAGRI, que aprueba los “Lineamientos básicos que establecen el procedimiento de Evaluación de Daños y Análisis de necesidades del Sector Agricultura y Riego – EDANSAR – ante eventos adversos”.