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8 NORMAS LEGALES Martes 28 de marzo de 2023 El Peruano / Qu e, asimismo el último párrafo de la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza que, en los casos en que no se hayan devuelto efectivamente los montos que los pliegos presupuestarios hubieran descontado respecto a la boni fi cación a que se refi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia 037- 94; pese a haber estado incluidos en los listados de bene fi ciarios señalados en los Informes Finales de las Comisiones Especiales, durante los años 2016 a 2022, y a haberse transferido los recursos mediante los Decretos Supremos 313-2016-EF, 266- 2017-EF, 304-2018-EF, 333-2019-EF, 406-2020-EF, 154-2021-EF y N° 277-2022-EF, siempre que dichos recursos se hubieran revertido al Tesoro Público; se procede a hacer efectiva la devolución al bene fi ciario o a sus sobrevivientes; Que, al amparo de dicho marco normativo, resulta necesario aprobar las “Normas complementarias para el funcionamiento de la Comisión Especial encargada de evaluar y cuanti fi car la devolución de los montos descontados respecto a la boni fi cación a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94”; De conformidad con lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, en la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar las “Normas complementarias para el funcionamiento de la Comisión Especial encargada de evaluar y cuanti fi car la devolución de los montos descontados respecto a la boni fi cación a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y de su Anexo en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIEL HERRERA LLERENA Directora General Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos ANEXO NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN ESPECIAL ENCARGADA DE EVALUAR Y CUANTIFICAR LA DEVOLUCIÓN DE LOS MONTOS DESCONTADOS RESPECTO A LA BONIFICACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO DE URGENCIA N° 037-94 1. FinalidadLas Normas complementarias para el funcionamiento de la Comisión Especial encargada de evaluar y cuanti fi car la devolución de los montos descontados respecto a la bonifi cación a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94, tienen por fi nalidad regular el funcionamiento de dicha Comisión Especial, de forma complementaria a lo dispuesto en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y en el Decreto Supremo N° 115-2016-EF, Conforma la Comisión Especial, creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; reactivada por la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. 2. Instalación de la Comisión Especial 2.1 Cada Entidad u órgano que forma parte de la Comisión Especial acredita a un/a (1) representante titular y un/a (1) representante alterno/a, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución Directoral que aprueba las presentes Normas complementarias. 2.2 El desempeño de las funciones de los miembros de la Comisión Especial no genera derecho al pago de dieta, honorario o remuneración adicional alguna por parte del Estado. 2.3 La Comisión Especial se instala dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente del vencimiento del plazo para acreditar a sus representantes; y sesiona en el lugar que acuerden sus miembros. 3. Funciones de la Secretaría Técnica 3.1 La Comisión Especial cuenta con una Secretaría Técnica a cargo de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), responsable de brindar apoyo técnico y administrativo para el cumplimiento de sus funciones. 3.2 La Secretaría Técnica tiene las siguientes funciones: a) Coordinar las acciones operativas necesarias para coadyuvar al cumplimiento de las funciones encomendadas a la Comisión Especial. b) Convocar a las reuniones de la Comisión Especial, por encargo de la Presidencia. c) Remitir las comunicaciones que sean dispuestas por la Comisión Especial. d) Dirigir el intercambio de información permanente entre los miembros de la Comisión Especial. e) Presentar a la Comisión Especial la propuesta de Informe Final. f) Atender las consultas y solicitudes referidas a las funciones de la Comisión Especial. g) Otras que le encargue la Comisión Especial. 4. Información remitida por las Entidades4.1 Los Titulares de los Pliegos y, en caso corresponda, los Titulares de los Pliegos de los Gobiernos Locales que tienen bajo su ámbito de competencia a Sociedades de Bene fi cencia, remiten a la Secretaría Técnica, en medio físico y magnético, en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la Resolución Directoral que aprueba las presentes Normas complementarias, la información sobre las bene fi ciarias y bene fi ciarios sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, a quienes se les ha realizado algún descuento respecto a la boni fi cación a que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94, desde su entrada en vigencia, de acuerdo con el siguiente formato: Formato de Devolución de los Descuentos del DU N° 037-94 N°Tipo de DocumentoNúmero de DocumentoApellido PaternoApellido MaternoNombre(s) PeriodoDescuento %Nivel Remunerativo/ mesMonto DescontadoRégimen Previsional