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107 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / Por tanto, mando se registre, comunique, publique y cumpla. SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI Alcalde 2174071-1 Ordenanza Municipal que aprueba la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Antonio ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2023-MDSA San Antonio, 12 de abril del 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua; en Sesión Ordinaria Nº 007-2023-CM/MDSA celebrada el 05 de abril del 2023, conforme a las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normas complementarias; VISTOS: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio en Sesión Ordinaria de fecha 05 de abril del 2023; Vistos: El Acta de Reunión de Trabajo en el Marco de la Modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Antonio de fecha 04 de abril del 2023, Informe Nº 0255-2023-OGPP/GM/MDSA, Acuerdo de Concejo N° 042-2023-CM/MDSA, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, indica “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Asimismo, el Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su Art. 1°, señala “Las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Art. 11°, establece: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que los artículos 39 y 40 de la Ley N° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; y que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el inciso 3) del artículo 9º y el artículo 26º de la Ley Nº 27972 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Concejo Municipal el adoptar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, administración Municipal que debe adoptar una Estructura Gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; Que, el Artículo 26º de la Ley Nº 27972, en lo que corresponde a Administración Municipal; La administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, e fi cacia, e fi ciencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley Nº 27444. Las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y la presente ley;Que, así mismo el Artículo 28º del marco legal precitado, referido a Estructura Orgánica Administrativa - estructura orgánica municipal básica de la municipalidad; comprende en el ámbito administrativo, a la gerencia municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la o fi cina de asesoría jurídica y la o fi cina de planeamiento y presupuesto; ella está de acuerdo a su disponibilidad económica y los límites presupuestales asignados para gasto corriente. Los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada gobierno local; Que, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los lineamientos de organizaciones del Estado, cuyo ámbito de aplicación alcanza a los gobiernos locales conforme lo establece el artículo 3º inciso f). Disposiciones Complementarias Finales, Cuarta. - Aplicación para los Gobiernos Regionales y Locales; para la organización de los Gobiernos Regionales y Locales prevalece el enfoque territorial, velando por la integración de las funciones y actividades sectoriales que tengan sinergias positivas en su ejecución, (...); Que, mediante Ordenanza Municipal N° 025-2021- MPMN, de fecha 11 de noviembre del 2021, se aprobó la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio; Que, la Municipalidad Distrital de San Antonio, en lo que respecta a la Función Sustantiva, que compete - conjunto de acciones que desarrolla la entidad para cumplir con su misión y objetivos institucionales. Estas acciones derivan de las normas sustantivas de cada entidad y se ejercen a través de sus órganos de línea; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa entre otros mecanismos a través de Ordenanzas Municipales, las cuales, de conformidad de lo previsto por el art. 200, numeral 4) de la Constitución Política del Perú, tienen rango de Ley, al igual que las leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las Normas Regionales de carácter general; POR LO TANTO:El Pleno del Concejo Municipal, en cumplimiento de los dispositivos legales detallados en los considerandos y en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 9°, numerales 8 y artículo 40° del mismo cuerpo legal, por Unanimidad, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Artículo Primero.- APROBAR la Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Antonio; la misma que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a Gerencia Municipal y O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; la implementación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a Gerencia Municipal, Ofi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura, Gerencia de Desarrollo Económico y Social, Gerencia de Administración Tributaria, Ofi cina de Atención al Ciudadano y gestión Documentaria; y, áreas competentes el cumplimiento de la presente ordenanza en lo que a cada una corresponde según atribuciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información, su publicación en el Portal Institución. Por tanto, mando se registre, comunique, publique y cumpla. SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI Alcalde 2174073-1