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98 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / • Representante de la Comisaría Las Praderas. • Representante del Ejército del Perú.• Representante de la Fuerza Aérea del Perú.• Representante de la Compañía de Bomberos de La Molina N° 96, de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. • Representante del Ministerio de Salud – Director General de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima – Este. • Representante de la Defensoría del Pueblo.• Representante del Ministerio Público.• Representante de las empresas de Telecomunicaciones (Telefónica del Perú SAA, América Móvil del Perú SAC y Entel Perú S.A). • Representante de la empresa Luz del Sur.• Representante de la empresa SEDAPAL.• Representante de la empresa CALIDDA - Gas Natural del Perú. • Representante de la Iglesia – Párroco de la Iglesia Nuestra Señora de la Reconciliación. • Representante de la Cruz Roja Peruana.• Representante de la UGEL N° 06 – Ate Vitarte. Representante de las Juntas Vecinales de los Sectores del Distrito de La Molina. • Representante de la Comisión de Usuarios del Sub Sector Hidráulico Ate. • Representante del Hospital Carlos Alcántara Butter fi eld. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 162-2021-MDLM, de fecha 10 de diciembre del 2021, que aprobó la Reconformación de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de La Molina. Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente Resolución de Alcaldía a los integrantes de la Plataforma de Defensa Civil del Distrito de La Molina detallados en el Artículo Primero y al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Civil, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía; a la Secretaría General su noti fi cación y publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión, a la Gerencia de Tecnologías de Información su publicación tanto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Molina, como en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplaseESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA Alcalde 2173980-4 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Designan responsables de brindar información que soliciten los administrados de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la elaboración y actualización del portal de internet de la Municipalidad de Pueblo Libre RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 136-2023-MPL Pueblo Libre, 25 de abril de 2023 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Vistos, El Informe N° 0182-2023-MPL-SG de fecha 03 de abril de 2023, emitido por la Secretaría General, Informe Nº 254-2023-MPL-GAJ de fecha 19 de abril de 2023; y Memorando Nº 1158-2023-MPL-GM de fecha 19 de abril de 2023 emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo ll del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6° de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que “La Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa”; Que, el artículo 20º inciso 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. Concordante con ello, el artículo 43º de la referida Ley, establece que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información pública consagrado en el numeral 2 del artículo 5 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º numeral 3) de la referida norma dispone que: “El Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad. La entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada”. Que, de igual forma el artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública dispone que: “La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada uno de sus sedes administrativas”. Que, el Portal de Transparencia Estándar – PTE, es una herramienta informática integrada al Portal del Estado Peruano, que contiene información de gestión clasi fi cada en los rubros temáticos y presentada en formatos. Es el canal digital de información estandarizada e integral de las entidades públicas que tiene como fi nalidad facilitar el acceso a la información sobre el uso de los recursos públicos y sobre la gestión institucional, incrementando los niveles de transparencia. Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 254-2023-MPL-GAJ; y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero .- DESIGNAR al señor LINO DELGADO VILLALOBOS, Secretario General de la Municipalidad de Pueblo Libre, como funcionario responsable de brindar información que soliciten los administrados de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Articulo Segundo.- DESIGNAR al señor JOSÉ MARIANO ALARCÓN TARAZONA, Gerente de Tecnología de la Información de la Municipalidad de Pueblo Libre, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de internet de la Municipalidad de Pueblo Libre, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero .- DISPONER que los funcionarios y empleados municipales, proporcionen bajo responsabilidad, la información y documentación que se requiera dentro de los plazos previstos y de conformidad con la normatividad aplicable.