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114 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2023 El Peruano / EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACORA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 007.2023.MDP, del día 14 de Abril del 2023, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, esto es concordante con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades que señala en el artículo II de su Título Preliminar, que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la última norma, que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico. Que, el art. 195º inciso 8) de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competente para desarrollo y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley. Que, el Art. 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, estipula que los acuerdos son decisiones que toma el concejo municipal, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, el Numeral 11) del Art. 9º de la LOM, establece como atribución del Concejo Municipal, “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario” Que, el art. 1º de la ley Nº 27619 – que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que : “Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del pueblo, el JNE, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, la Municipalidades y la Contraloría General de la República , se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad”, en su art. 2º del mismo cuerpo legal, precisa que: “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”, asimismo, en su art. 3º, re fi ere que;” Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje”. Que, mediante documento de Registro Nº 1177 de fecha 24 de Marzo del 2023, el Presidente de la FEDERACIÓN LATINOAMERICANA de CIUDADES, MUNICIPIOS y ASOCIACIONES de GOBIERNOS LOCALES (FLACMA), cursa invitación al señor alcalde para participar en la Primera Cumbre de Ciudades de las Américas, a celebrarse entre los días 26 y 28 de abril en la ciudad de Denver, estados Unidos, escenario que reunirá a los alcaldes, representantes de los gobiernos locales , organizaciones internacionales y líderes de agencias para explorar alianzas internacionales, oportunidades de inversión y fi nanciamiento a proyectos de desarrollo, iniciativa convocada por la Organización de los Estados Americanos y el Departamento de Estado de los Estados Unidos. POR CUANTO: Estando a los fundamentos expuestos y a lo normado por los artículos 9º, 11º, 17º, 39º, 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal del distrito de Pacora en su Sétima Sesión de Concejo Ordinaria, de fecha 14 de Abril del 2023, habiéndose efectuado la sustentación correspondiente y procediéndose al respectivo debate, con el voto a favor de los señores regidores, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y por UNANIMIDAD ; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR y AUTORIZAR el viaje del Señor alcalde José Luis Sipión Bornaz, a la ciudad de Denver – Estados Unidos, para participar en la Primera Cumbre de Ciudades de las Américas, a celebrarse entre los días 26 y 28 de abril; y del 29 de abril hasta el 02 de mayo Gestionar con los alcaldes de la delegación FLACMA. Segundo.- ENCARGAR, A LA GERENCIA MUNICIPAL, y demás áreas competentes, efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo aprobado en el presente Acuerdo de Concejo. Tercero.- HACER, de conocimiento de las áreas el presente acuerdo, para conocimiento y fi nes de ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JOSÉ LUIS SIPIÓN BORNAZ Alcalde 2174739-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TUMAN Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 061-2023-MDT/A Tumán, 2 de marzo de 2023EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TUMÁN VISTO:El Informe Nº 018-2023-MDT/GA suscrito por el Gerente de Administración, el Informe Nº 075-2023-MDT/URRHH de la Jefa (e) de la Unidad de Recursos Humanos, con relación al Concurso Público por Contratación Administrativa de Servicios del Ejecutor Coactivo- Concurso Público CAS Nº 001-2023-MDT en la Municipalidad Distrital de Tumán. CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución