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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2023 (11/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 11 de mayo de 2023 El Peruano / GRC/GAJ, de fecha 10 de abril de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modi fi catorias, dispone en su artículo 5°, que: “La misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región”; asimismo, el artículo 61º de la citada Ley, señala, que entre las funciones de los gobiernos regionales en materia de Defensa Civil, se encuentra la de: “c) organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damni fi cados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas”; Que, la Ley N° 29664-Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), dispone en su artículo 1°: “Créase el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres”; Que, la norma citada, prevé en el numeral 14.1 del artículo 14°lo siguiente: “14.1 Los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del Sinagerd, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fi scalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido por la presente Ley y su reglamento”; asimismo, el numeral 14.2, establece que: “14.2 Los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes son las máximas autoridades responsables de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus respectivos ámbitos de competencia. Los gobiernos regionales y gobiernos locales son los principales ejecutores de las acciones de gestión del riesgo de desastres”; por su parte, el numeral 14.3, establece que: “14.3 Los gobiernos regionales y gobiernos locales constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Esta función es indelegable”; Que, la Ley N° 29664-Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) dispone en el numeral 16.2 del artículo 16º que: “Las entidades públicas constituyen grupos de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Esta función es indelegable”; precisando el numeral 16.5 del citado artículo que: “Las entidades públicas generan las normas, los instrumentos y los mecanismos especí fi cos necesarios para apoyar la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en los procesos institucionales de los gobiernos regionales y gobiernos locales…”; Que, el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), dispone en el numeral 39.1 del artículo 39°: “39.1 En concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueba y ejecutan entre otros, los siguientes Planes: b) Planes de preparación”; Que, la Resolución Ministerial N° 050-2020-PCM, de fecha 13 de febrero de 2020, que aprueba los “Lineamientos para la implementación del Proceso de Preparación y la formulación de los Planes de Preparación en los tres niveles de gobierno”, describe en el numeral 5.3 al Plan de Preparación como: “Instrumento técnico de planeamiento, cuyo propósito es preparar y fortalecer a los integrantes del SINAGERD para proteger la vida y patrimonio. Detalla las responsabilidades, competencias, tareas y actividades de los involucrados en el proceso de preparación para la respuesta y rehabilitación, sobre la base de la identi fi cación de recursos, capacidades y brechas; su actualización es permanente y se elabora en concordancia con el PLANAGERD”; Que, la Ordenanza Regional N° 000001, de fecha 26 de enero de 2018 y modi fi catorias, que aprueba el Nuevo Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, dispone en el artículo 116°que: “La Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, es un órgano de línea, al que le corresponde ejercer las funciones y facultades sectoriales en materia de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana”; asimismo, en el numeral 1, del artículo 118°, prevé que entre sus funciones, se encuentra la de: “1. Formular, aprobar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, Seguridad Ciudadana y Defensa Nacional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales y locales”; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 281 de fecha 05 de octubre de 2022, se formaliza la conformación del Equipo Técnico encargado de la elaboración de los Planes de Gestión Prospectiva y Reactiva de la Región Callao; apreciándose del Acta de fecha 19 de diciembre de 2022; se valida técnicamente el proyecto del Plan de Preparación ante Emergencias y Desastres Región Callao 2023-2025 presentado por la Gerencia Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana y elaborado con la asistencia técnica del INDECI, solicitando elevar el mismo en su versión fi nal al Grupo de Trabajo para su aprobación, la que se realiza por el Grupo de Trabajo, conforme al Acta de fecha 20 de diciembre de 2022, en Sesión Extraordinaria; Que, con O fi cio Nº D000022-2023-INDECI- DDICALLAO de fecha 24 de febrero de 2023, la Dirección Desconcentrada Lima Metropolitana y Callao, del Instituto Nacional de Defensa Civil, comunica al Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, que habiendo concluido el Gobierno Regional del Callao la formulación del Plan de Preparación Regional y el Plan de Rehabilitación Regional, según como se consigna en las actas que validan la estructura de los contenidos, al haberse levantado las observaciones y estando acogidas las sugerencias de acuerdo a las normativas vigentes, emite opinión favorable respecto al trabajo concluido; Que, con Informe N° 000098-2023-GRC/ GRDNDCYSC de fecha 09 de marzo de 2023, el Gerente Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, secretario técnico del Grupo de Trabajo, señala entre otros aspectos, que en sesión extraordinaria de fecha 20 de diciembre de 2022, el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Gobierno Regional del Callao aprobó por unanimidad el Plan de Preparación ante Emergencias y Desastres Región Callao 2023-2025; y que luego de la revisión y evaluación técnica considera pertinente y técnicamente procedente su aprobación mediante Resolución Ejecutiva Regional; Que, con Memorando N° 001514-2023-GRC/ GRPPYAT, de fecha 24 de marzo de 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, acompaña el Informe N° 000099-2023-GRC/GRPPAT-OP, de fecha 23 de marzo de 2023, de la O fi cina de Plani fi cación, que, concluye informando que, la propuesta del Plan de Preparación ante Emergencias y Desastres Región Callao 2023-2025, ha sido desarrollado con el acompañamiento técnico del Especialista en Gestión del Riesgo de Desastres del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, contando con la opinión técnica favorable de la Dirección Desconcentrada Lima Metropolitana y Callao, del Instituto Nacional de Defensa Civil y con la validación del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, del Gobierno Regional del Callao; Que, con Informe Nº 000207 -2023-GRC/GAJ, de fecha 10 de abril de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, en atención a lo previsto en el numeral 7), del artículo 41º del Nuevo Texto Único Ordenado del