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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2023 (11/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 11 de mayo de 2023 El Peruano / Gerencia de Gestión Ambiental, en el marco del Convenio de Delegación de Competencias en materia Ambiental entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Huancavelica, en el cual se propone, la aprobación de cuatro (04) Procedimientos Administrativos, mediante una única Ordenanza Regional; Que, mediante el Informe N° 013-2023/GOB.REG. HVCA/GRPPyAT-SGDIyTI-mov, de fecha 06 de marzo del 2023, en referencia al Texto Único de Procedimientos Administrativos, propuesto por la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, el especialista en racionalización menciona, en el ítem 2.- El TUPA presentado de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, está actualizado de acuerdo al nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA aprobado mediante la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N°004-2018-PCM/SGP del 24 de octubre del 2018, del mismo modo la Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2018-PCM/SGP del 27 de noviembre del 2018, que aprueba los lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de procedimientos Administrativos – TUPA en las entidades de la Administración Pública, adecuando los procedimientos administrativos que tiene dicha Sub Gerencia, adjuntando los formatos siguientes en versión física (…). Los cuatro (04) procedimientos administrativos propuestos contienen los siguientes formatos: a) El Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativo – TUPA, b) Formato A Informe Resumen para la Aprobación o Modi fi cación del TUPA, c) Formato B Formato de Sustentación Legal y Técnica de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Contenidos en el TUPA de la Entidad, d) Cuadro Resumen de Costos y e) TABLA ASME de cada Procedimiento Administrativo; Que, de la misma forma se tiene la Opinión Legal N° 011-2023/GOB.REG.HVCA/ORAJ-jccb de fecha 17 de marzo del 2023, en el ítem 3.1. menciona: Que, es la fi nalidad fundamental del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS… “Establecer el régimen jurídico aplicable para la actuación de la administración pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e interés de los administrados y con sujeción al ordenamiento jurídico constitucional y jurídico en general”… ítem 3.3. Al caso, de la revisión del “Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental”, se tiene que dicho TUPA, ha sido elaborado con atención al Convenio N° 120-2019-VIVIENDA - Convenio de Delegación de Competencias entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Huancavelica, a fi n que se actualice el procedimiento administrativo, el cual se encuentra conforme a sus términos; Que, la aprobación del TUPA contiene 4 procedimientos administrativos: “Evaluación de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de proyectos del sector transporte”, “Evaluación de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para proyectos de inversión de Saneamiento y Habilitaciones Urbanas”, “Evaluación de fi cha técnica Socio Ambiental (FITSA)”, “Evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS)”, los cuales están orientados a facilitar el trámite administrativo dentro de la administración pública. Por lo que siento esto así, es necesario se continúe el trámite para su aprobación respectiva, más aún que se cuenta con los informes del especialista en Racionalización. Asimismo, lo enmarcado en el numeral 44.1 del artículo 44° Aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos “El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo…, en el ítem 4.1. Concluye que, Es VIABLE aprobar el “Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental del GRH., conforme a la revisión realizada y fi nalmente en el ítem 4.2. SE RECOMIENDA continuar con el trámite administrativo;Que, los principales bene fi cios de la presente Ordenanza Regional es el cumplimiento de requisitos y continuar con la Delegación de Competencias en Materia Ambiental del Sector Transportes y Saneamiento, que facilitará el acercamiento al ciudadano, reducirá los plazos para obtener la certi fi cación ambiental de los proyectos de la región Huancavelica, y los administrados podrán ser atendidos a nivel local, evitando trasladarse hasta la capital; asimismo, la uni fi cación de los procedimientos administrativos de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental facilitará al usuario y evitará confusiones al momento de realizar los trámites; Que, siendo así, mediante O fi cio N° 123-2023/GOB- REG-HVCA/GGR de fecha 21 de marzo del 2023, el Gerente General del Gobierno Regional de Huancavelica, remite los actuados al Consejo Regional con la fi nalidad de que sea evaluado y aprobado, conforme lo establece el numeral 17.2 del artículo 17 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM/SGP y el numeral del artículo 44.1 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, el Artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; con el voto unánime de sus miembros, ORDENA:Artículo Primero.- APRUÉBESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Sub Gerencia de Gestión Ambiental del Gobierno del Regional de Huancavelica, el cual contiene cuatro (04) Procedimientos administrativos: “Evaluación de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para proyectos de inversión de Saneamiento y habilitaciones Urbanas”, “Evaluación de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de proyectos de inversión del sector transportes”, “Evaluación de Ficha Técnica Socio Ambiental (FITSA)” y la “Evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS)”, los cuales forman parte integrante del Anexo Único de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE o déjese sin efecto, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- FACÚLTESE a la Gobernación Regional, aprobar las normas reglamentarias y funcionales complementarias, mediante Decreto Regional, dando cuenta del mismo al Consejo Regional en su oportunidad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los cuatro días del mes de marzo de 2023. RICARDO YAURICASA FLORES Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los trece días del mes de abril de dos mil veintitrés. LEONCIO HUAYLLANI TAYPE Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2176174-1