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10 NORMAS LEGALES Viernes 12 de mayo de 2023 El Peruano / Aprueban la modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0096-2023-MIDAGRI-SENASA 11 de mayo de 2023VISTOS:El INFORME-0004-2023-MIDAGRI-SENASA-ST- GAVIZCARRA de fecha 10 de mayo de 2023, elaborado por la Secretaría Técnica; el MEMORÁNDUM-0167-2023-MIDAGRI-SENASA-OPDI de fecha 10 de mayo de 2023, emitido por la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional; el INFORME-0042-2023-MIDAGRI-SENASA-DSA-EMARTINEZ de fecha 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sanidad Animal; el INFORME-0041-2023-MIDAGRI-SENASA-DIAIA-JCARRASCO de fecha 30 de marzo de 2023, elaborado por la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal, en adelante la Ley, establece los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, así como fi scalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de los servicios señalados; Que, de acuerdo al artículo 2 de la Ley, modi fi cado por el artículo 1 de la Ley Nº 31515, se entenderá por publicidad institucional a aquella que tiene por fi nalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias; Que, los literales a) y d) del artículo 3 de la acotada Ley establecen que, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de realización de publicidad estatal se deberá contar, entre otros, con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; y, con un Proyecto de Presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas; Que, mediante la Resolución Jefatural-0053-2023- MIDAGRI-SENASA de fecha 23 de marzo de 2023, se aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, el cual comprende el detalle de las campañas publicitarias a cargo de la entidad; Que, a través del INFORME-0041-2023-MIDAGRI- SENASA-DIAIA-JCARRASCO, el Director de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria sustenta la necesidad de modi fi car el Plan Estratégico Publicitario 2023 con la fi nalidad de ejecutar los servicios de publicidad programados en la UBG: 507 PUNCHE PERÚ: Mejora de los procesos de los sistemas de inocuidad agroalimentaria, semillas y producción orgánica, en el marco del Plan con Punche Perú, señalando que se requiere contratar el servicio de aviso radial en semillas por un monto de S/ 31,500.00 (treinta y un mil quinientos y 00/100 soles); asimismo, indica que se requiere contratar el servicio de aviso radial para producción orgánica por la suma de S/ 67,500.00 (sesenta y siete mil quinientos y 00/100 soles); Que, con el INFORME-0042-2023-MIDAGRI-SENASA- DSA-EMARTINEZ, la Directora General de la Dirección de Sanidad Animal justi fi ca la necesidad de modi fi car el Plan Estratégico Publicitario 2023 con la fi nalidad de ejecutar los servicios de publicidad programados en la UBG: 507 PUNCHE PERÚ: Emergencia In fl uenza Aviar 2023, en el marco del Plan con Punche Perú, manifestando que se requiere contratar el servicio de difusión de spots radiales, spots televisivos y paneles publicitarios por el monto de S/ 724,540.00 (setecientos veinticuatro mil quinientos cuarenta y 00/100 soles); Que, mediante el MEMORÁNDUM-0167-2023- MIDAGRI-SENASA-OPDI, la Directora General (e) de la Ofi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional remite información de la programación modi fi cada del año 2023 en las partidas de gasto vinculadas a publicidad por Unidad Básica de Gestión, indicando que para la UBG: 507 PUNCHE PERÚ: Emergencia In fl uenza Aviar 2023 se tiene una disponibilidad presupuestal de S/ 724,540.00 (setecientos veinticuatro mil quinientos cuarenta y 00/100 soles) y, para la UBG: 507 PUNCHE PERÚ: Mejora de los procesos de los sistemas de inocuidad agroalimentaria, semillas y producción orgánica, se cuenta con disponibilidad de S/ 99,000.00 (noventa y nueve mil y 00/100 soles); Que, a través del INFORME-0004-2023-MIDAGRI- SENASA-ST-GAVIZCARRA la Secretaría Técnica, en el ámbito de sus funciones, sustenta y solicita la modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA manifestando que es necesaria para la ejecución del presupuesto de S/ 823,540.00 (ochocientos veintitrés mil quinientos cuarenta y 00/100 soles) otorgado para la ejecución de publicidad en las campañas de semillas, producción orgánica e infl uenza aviar en el marco del Programa “Con Punche Perú”; Que, en atención a lo informado por la Secretaría Técnica, la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria, la Dirección de Sanidad Animal y la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del SENASA; Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución que ejerce funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad; asimismo, según el literal k) del citado artículo, tiene la función de emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional, del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica, del Secretario Técnico, del Director General (e) de la O fi cina de Administración, del Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y de la Directora General de la Dirección de Sanidad Animal; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la modi fi cación del Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado con la Resolución Jefatural-0053-2023-MIDAGRI-SENASA, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica del Servicio Nacional de Sanidad Agraria la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan modi fi cado por el artículo precedente, así como el trámite de las autorizaciones que correspondan. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural y de su Anexo en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), en la misma fecha de publicación de este acto resolutivo en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL QUEVEDO VALLE Jefe NacionalJefatura NacionalServicio Nacional de Sanidad Agraria 2177007-1