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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2023 (12/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 12 de mayo de 2023 El Peruano / 2174404.INSTALACIÓN DE LA REPRESA PAQCHACC DEL, DISTRITO DE ANCOHUALLO - CHINCHEROS - APURÍMAC 2151332.PROYECTO ACARI -BELLA UNIÓN II ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DE LA REPRESA DE IRURO TOTAL Que, al respecto, con el O fi cio N° 00087-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UPPS y el O fi cio N° 895-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, las Unidades Ejecutoras 006: Programa Subsectorial de Irrigación y 011: Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI respectivamente, solicitan gestionar la transferencia de recursos a favor de la Contraloría General de la República, según lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley 31358, hasta por la suma total de S/ 1 870 032,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA MIL TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES) para fi nanciar las acciones de control concurrente de tres (03) proyectos de inversión mencionados precedentemente; Que, al respecto, la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido el Informe N° 156-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES, con el que señala que las transferencias fi nancieras a realizarse a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República se realizan con cargo a los recursos de las Unidades Ejecutoras 006: Programa Subsectorial de Irrigación y 011: Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, indicando que los proyectos cuentan con los recursos para la transferencia fi nanciera siendo habilitados en la Actividad de Inversión: 6000053: Control Concurrente, Finalidad: 0348747. Control Concurrente, Especí fi ca del gasto 2.4.2.3.1.1 “A Otras Unidades del Gobierno Nacional “ de cada inversión, según detalle: PROYECTOMONTO A TRANSFERIR A LA CGR (S/) 006: PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACION - PSI 2151332.PROYECTO ACARI -BELLA UNION II ETAPA DE CONSTRUCCION DE LA REPRESA DE IRURO 1,674,308 011: PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL - AGRORURAL 2229551.INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO PUMAPAHUASIN-SOCAORAN-UCHUBAMBA-CCOLLPA, DISTRITO DE CALLANMARCA, PROVINCIA DE ANGARAES, DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 95,590 2174404.INSTALACION DE LA REPRESA PAQCHACC DEL, DISTRITO DE ANCOHUALLO - CHINCHEROS - APURIMAC 100,134 TOTAL 1,870,032 Que, estando a lo expuesto, es necesario autorizar una Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 1 870 032,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA MIL TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios con cargo a los recursos del Pliego 013. Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en el marco de lo dispuesto en el numeral 4.1 del artículo 4 la Ley N° 31358; Que, la referida propuesta de transferencia fi nanciera cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emitida con el Memorando N° 0696-2023-MIDAGRI-SG/OGPP; Con los respectivos visados del Secretario General, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público Para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, denominada “Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada por la Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG; la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, denominada “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 023-2022-EF/50.01; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, hasta por la suma de S/ 1 870 032,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA MIL TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de tres (03) proyectos de inversión, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, de acuerdo al siguiente detalle: PROYECTOMONTO A TRANSFERIR A LA CGR (S/) 006: PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACION - PSI 2151332.PROYECTO ACARI -BELLA UNION II ETAPA DE CONSTRUCCION DE LA REPRESA DE IRURO 1,674,308 011: PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL - AGRORURAL 2229551.INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO PUMAPAHUASIN-SOCAORAN-UCHUBAMBA-CCOLLPA, DISTRITO DE CALLANMARCA, PROVINCIA DE ANGARAES, DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA 95,590 2174404.INSTALACION DE LA REPRESA PAQCHACC DEL, DISTRITO DE ANCOHUALLO - CHINCHEROS - APURIMAC 100,134 TOTAL 1,870,032 Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 013. Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para el Año Fiscal 2023, afectada a la Actividad de Inversión 6000053. Control Concurrente, Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias”, Especí fi ca de Gasto 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional”, Gasto de Capital, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 1 870 032,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA MIL TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES). Artículo 3.- Limitaciones al uso de recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 precedente, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano; y, en la misma fecha, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri). Regístrese y comuníquese y publíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2176895-1