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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2023 (12/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 12 de mayo de 2023 El Peruano / zonas declaradas en Estado de Emergencia en dicho Valle; siendo que dicha boni fi cación se percibe de acuerdo a los montos fi jados en el referido artículo; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 020-2023-PCM, publicado con fecha 09 de febrero de 2023, se prorroga el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 10 de febrero de 2023, declarado en los distritos de Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis y Codo del Pozuzo de la provincia de Puerto Inca del departamento de Huánuco, en los distritos de Constitución y Puerto Bermúdez de la provincia de Oxapampa del departamento de Pasco y en el distrito de Sepahua de la provincia de Atalaya del departamento de Ucayali, señalando que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 022-2023-PCM, del 13 de febrero, se prorroga el Estado de Emergencia por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 14 de febrero de 2023, declarado en el departamento de Lima, en la Provincia Constitucional del Callao, y en las siguientes carreteras de la Red Vial Nacional: Carretera Panamericana Sur, Carretera Panamericana Norte, Carretera Central, Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa y Corredor Vial Interoceánica Sur, agregando que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 023-2023-PCM, del 17 de febrero de 2023, se declara el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, agregando que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 025-2023-PCM, del 18 de febrero de 2023, se prorroga el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 19 de febrero de 2023, declarado mediante Decreto Supremo N° 010-2023-PCM, considerando únicamente la provincia de Condorcanqui y los distritos de Imaza y Aramango de la provincia de Bagua, del departamento de Amazonas; agregando que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Que, asimismo, mediante el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 025-2023-PCM, del 18 de febrero de 2023, se prorroga el Estado de Emergencia por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 19 de febrero de 2023, declarado en el departamento de La Libertad mediante Decreto Supremo N° 010-2023-PCM; señalando que la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas; Que, mediante el O fi cio N° 000159-2023/IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar el pago de la Boni fi cación por Alto Riesgo a la Vida del personal policial de la Policía Nacional del Perú en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia establecida en los Decretos Supremos N° 020-2023-PCM, N° 022-2023-PCM, N° 023-2023-PCM y N° 025-2023-PCM; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 000205-2023/IN/OGPP/OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del referido Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando N° 0408-2023- EF/53.04, que adjunta el Informe N° 0725-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y la información remitida por el Ministerio del Interior, señala el costo estimado para el fi nanciamiento del pago de la Boni fi cación por Alto Riesgo a la Vida en zonas declaradas en Estado de Emergencia; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 43 546 250,00 (CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 43 546 250,00 (CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior para fi nanciar el pago de la Boni fi cación por Alto Riesgo a la Vida del personal policial de la Policía Nacional del Perú en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia establecida en los Decretos Supremos N° 020-2023-PCM, N° 022-2023-PCM, N° 023-2023-PCM y N° 025-2023-PCM, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 43 546 250,00 ============ TOTAL EGRESOS 43 546 250,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : M. del Interior UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 43 546 250,00 ============ TOTAL EGRESOS 43 546 250,00 ============ Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel