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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2023 (13/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Sábado 13 de mayo de 2023 El Peruano / personas con discapacidad y sus familias a los servicios públicos básicos como educación, salud, empleo, protección social, acceso a la justicia, entre otros”, que tiene por objetivo la optimización del servicio, que implica articular un conjunto de recursos humanos, técnicos y fi nancieros que el CONADIS gestiona para la atención adecuada, oportuna, de calidad y sin discriminación de la persona con discapacidad y su familia, el mismo que funciona a través del mecanismo denominado RED ALIVIA PERÚ del CONADIS a cargo de Dirección de Promoción y Desarrollo Social del CONADIS, programado desde el mes de junio de 2023 hasta diciembre del presente año, de acuerdo con el cronograma señalado en dicho Plan de Trabajo; Que, en ese sentido, la Dirección de Sociedades de Bene fi cencia señala que el referido Plan de Trabajo 2023 presentado por el CONADIS cumple con los requisitos establecidos en el numeral 7.2.2 de los “Lineamientos para la recepción, custodia y distribución de los recursos generados por el 1% de la venta bruta de los juegos de loterías y similares organizados por las Sociedades de Bene fi cencia, en consecuencia, propone la distribución de S/ 1 802 000,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS DOS MIL Y 00/100 SOLES), en el marco de lo establecido en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1411; y precisa que el saldo de S/ 230 428,54 (DOSCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y 54/100 SOLES), después de efectuarse la distribución correspondiente, será acumulado para ser considerado en el siguiente ejercicio fi scal; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del MIMP, mediante la Nota N° D000237-2023-MIMP-OGPP remite el Informe Técnico N° D000001-2023-MIMP-OP, los Informes N°D000162-2023-MIMP-PRE y N°D000059-2023-MIMP-OIN de la O fi cina de Planeamiento, de la O fi cina de Presupuesto y de la Ofi cina de Inversiones, respectivamente, mediante los cuales emiten opinión favorable a la propuesta del “Plan de Trabajo 2023 - Servicio de orientación, asistencia, soporte, acompañamiento y monitoreo para el acceso de las personas con discapacidad y sus familias a los servicios públicos básicos como educación, salud, empleo, protección social, acceso a la justicia, entre otros”, presentado por el CONADIS; Que, en el marco de la normativa detallada, y de acuerdo con lo sustentado por las Unidades Orgánicas del CONADIS, por la Dirección de Sociedades de Bene fi cencia de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y teniendo en cuenta las opiniones favorables de la O fi cina de Presupuesto, de la O fi cina de Planeamiento, de la O fi cina de Inversiones, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Tesorería de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del MIMP, se estima procedente la emisión de la presente resolución ministerial; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Dirección de Sociedades de Bene fi cencia, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP y de la Resolución Ministerial N° 202-2021-MIMP, que aprueba los “Lineamientos para la recepción, custodia y distribución de los recursos generados por el 1% de la venta bruta de los juegos de loterías y similares organizados por las Sociedades de Bene fi cencia”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar a la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP para que a través de sus unidades orgánicas, trans fi era a favor del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, la suma S/ 1 802 000,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS DOS MIL Y 00/100 SOLES) de los recursos custodiados en la cuenta bancaria no presupuestal N° 00-068-385296 “MIMP-DEPOSITO 1% VENTA BRUTA DE JUEGO DE LOTERIA Y SIMILARES”, los que constituyen los recursos generados por el pago del 1% de la venta bruta de los juegos de lotería y similares organizados por las Sociedades de Bene fi cencia, en el plazo que no exceda de los cinco (5) días hábiles contados, a partir de la fecha de emisión de presente resolución ministerial. Artículo 2.- La transferencia de los recursos a que se refi ere el artículo 1 de la presente resolución, es para la optimización del servicio de protección social a favor de las personas con discapacidad denominada RED ALIVIA PERU, según lo programado en el “Plan de Trabajo 2023 - Servicio de orientación, asistencia, soporte, acompañamiento y monitoreo para el acceso de las personas con discapacidad y sus familias a los servicios públicos básicos como educación, salud, empleo, protección social, acceso a la justicia, entre otros”, el mismo que será ejecutado entre los meses de junio y diciembre de 2023. Artículo 3.- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos a los que fueron aprobados con el “Plan de Trabajo 2023 - Servicio de orientación, asistencia, soporte, acompañamiento y monitoreo para el acceso de las personas con discapacidad y sus familias a los servicios públicos básicos como educación, salud, empleo, protección social, acceso a la justicia, entre otros”, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones administrativas, civiles y/o penales que correspondan. Artículo 4.- El saldo de S/ 230 428,54 soles (DOSCIENTOS TREINTA MIL, CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y 54/100 SOLES) no distribuidos a favor del CONADIS, son acumulados para ser considerados en el siguiente ejercicio fi scal. La O fi cina de Tesorería de Ofi cina General de Administración del MIMP, tiene a su cargo la custodia de dichos recursos. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial es publicada en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2177320-1 PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES