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70 Viernes 19 de mayo de 2023 El Peruano / PROYECTO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban el proyecto de resolución que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de los servicios de saneamiento, que serían aplicables por SEDACHIMBOTE S.A. durante el periodo regulatorio 2023-2028 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 020-2023-SUNASS-CD EXP.: 0 03-2023-SUNASS-DRT-FT Lima, 16 de mayo de 2023VISTOS:El Memorándum Nº 230-2023-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante el cual presenta el proyecto inicial de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el p eriodo regulatorio 2023- 2028 de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas p or SEDACHIMBOTE S.A. (en adelante, S EDACHIMBOTE) y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa prestadora. CONSIDERANDO:Q ue, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria Nº 004-2023-SUNASS-DRT se admitió a trámite la solicitud de S EDACHIMBOTE para la aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, aplicables para el siguiente periodo regulatorio de la referida empresa prestadora. Q ue, si bien a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2021-SUNASS-CD se aprobó el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras (Reglamento Nuevo), la segunda disposición complementaria transitoria del referido reglamento prevé que los criterios y plazos establecidos para la elaboración del plan maestro optimizado y el estudio tarifario se aplican por primera vez a las empresas prestadoras cuyo periodo regulatorio culminará en un plazo mayor al de veintidós meses posteriores a la entrada en vigencia del Reglamento Nuevo. Q ue, asimismo, dispone que en el caso de las empresas prestadoras que no se encuentren dentro del supuesto antes señalado, por única vez, rige lo dispuesto en el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD (RGT), tal como es en el caso de SEDACHIMBOTE. Que, en ese sentido, corresponde que el presente procedimiento se continúe tramitando bajo lo dispuesto en el RGT. Que, conforme a los artículos 25, 26 y 52 del RGT, corresponde en esta etapa del procedimiento: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS, el proyecto de resolución, así como su exposición de motivos, que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de los servicios de saneamiento y ii) convocar a audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 12 de mayo de 2023. HA RESUELTO:Artículo 1°.- Aprobar el proyecto de resolución que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de los servicios de saneamiento, que serían aplicables por SEDACHIMBOTE S.A. durante el periodo regulatorio 2023-2028. Artículo 2°.- Disponer la publicación en el diario o fi cial El Peruano del proyecto de resolución a que se re fi ere el artículo anterior y sus anexos, así como su exposición de motivos. Artículo 3°.- Disponer la difusión en el portal institucional de la SUNASS (www.gob.pe/sunass) del proyecto a que se re fi ere el artículo 1º de la presente resolución, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de los servicios de saneamiento, que serían aplicados por SEDACHIMBOTE S.A. en el periodo regulatorio 2023-2028 y la noti fi cación de lo antes mencionado a la referida empresa prestadora. Artículo 4°.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas que esta difundirá a través del portal institucional de la SUNASS (www.gob.pe/sunass). Artículo 5°.- Encargar a la Dirección de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la audiencia pública a que se re fi ere el artículo anterior. Artículo 6°.- Los interesados podrán remitir sus comentarios sobre el proyecto a que se re fi ere el artículo 1º de la presente resolución a la sede de la SUNASS, ubicada en calle Bernardo Monteagudo Nros. 210-216, Magdalena del Mar, Lima o al correo electrónico audiencia-chimbote @sunass.gob.pe, hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de realización de la audiencia pública. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo Nº (…)-2023-SUNASS-CD EXP.: 004-2023-SUNASS-DRT-FTLima,