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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2023 (19/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 19 de mayo de 2023 El Peruano / acompañándose para tal efecto el Informe Nº 024-2023- MPC/GSCPMA-PSFRS de fecha 13 de abril de 2023, de la Coordinadora de los Programas PSFyRS y EDUCCA, en el cual se concluye que con el fi n de dar cumplimiento a las obligaciones en materia de residuos sólidos del Programa Formulo con el Equipo Técnico Provincial el , conformado por Resolución de Alcaldía Nº 218-2023-ALC/MPC, se formuló el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de la Municipalidad Provincial del Callao 2023 - 2027”; Que, mediante Memorándum Nº 979-2023-MPC/ GM de fecha 14 de abril de 2023, la Gerencia Municipal remite los actuados administrativos a la O fi cina General de Planeamiento y modernización, Presupuesto e Inversiones, a fi n que se sirva emitir su opinión técnica correspondiente sobre el programa antes citado; Que, mediante Memorando Nº 207-2023-MPC/ OGPMPI la O fi cina General de Planeamiento y Modernización; Presupuesto e Inversiones de fecha hace suyas las opiniones favorables con relación a la aprobación del “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de la Municipalidad Provincial del Callao 2023 - 2027”, contenidas en los Informes Nº 112-2023-MPC/OGPMPI-OPM y N 442-2023-MPC/OGPMPI-OPR, emitidos por la Ofi cina de Planeamiento y Modernización y por la O fi cina de Presupuesto, respectivamente; Que mediante informe N° 178-2023-MPC/OGAJ de fecha 05 de mayo de 2023, emite opinión legal favorable para la del “Programa de Segregación en la fuente y Recolección Selectiva y Residuos Sólidos de la Municipalidad Provincial del Callao 2023 – 2027”, a través de Decreto de Alcaldía, de conformidad al numeral 6.2 de la “Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos”, aprobada por Resolución Ministerial Nº138-2021-MINAN; Que, mediante Memorándum Nº 1139-2023-MPC/GM de fecha 05 de mayo de 2023, la Gerencia Municipal corre traslado a la Secretaria General del Concejo Municipal los recaudos administrativos, con el informe legal y técnicos, a fi n que prosiga el tramite correspondiente para su aprobación; Que, estando a las consideraciones expuestas, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el visto bueno de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, de la O fi cina de Presupuesto, de la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos de la Municipalidad Provincial del Callao 2023 - 2027”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Protección del Medio Ambiente, el cumplimiento del presente Decreto y la implementación del programa aprobado, otorgándole el apoyo presupuestario y logístico para su cumplimiento, debiendo de comunicar al Ministerio del Ambiente la aprobación del precitado Programa. Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.gob.pe/municallao). Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2179202-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY Aprueban aplicación de incentivo tributario (Descuento) en arbitrios de limpieza pública - recojo de residuos sólidos, a favor de contribuyentes que participen y estén empadronados en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios ORDENANZA MUNICIPAL N° 527-MPI Mollendo, 31 de marzo del 2023.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial de Islay, en Sesión Ordinaria de fecha 30 de marzo del 2023; VISTOS: El Informe N° 047-2023-MPI/A-GM-GMASP emitido por la Gerencia de Medio Ambiente y Servicios Públicos, sobre el Proyecto de Ordenanza que otorga Incentivo (Descuento) en Arbitrios de Limpieza Pública – Recojo de Residuos Sólidos a favor de los participantes del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos domiciliarios en el Distrito de Mollendo, la Hoja de Coordinación N° 053-2023-MPI/A-GM-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, Hoja de Coordinación N° 090-2023-MPI/A-GM-GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Legal N° 129 - 2023-MPI/A-GM-OAJ emitido por la Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado mediante Ley N° 28607 (Ley de Reforma constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 74° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 28390, concordante con el Artículo 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, faculta a los gobiernos locales a crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; facultad que es ejercida por las municipalidades mediante ordenanza, norma de carácter general de mayor jerarquía en su estructura normativa; Que, el Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administran, así como los montos insolutos en el caso de contribuciones y tasas; Que, los incisos 1) y 2) del artículo 80° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconocen que las municipalidades provinciales tienen funciones en materia de saneamiento, salubridad y salud; entre las que se encuentran la de regular y controlar el proceso de disposición fi nal de desechos sólidos, líquidos y