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62 NORMAS LEGALES Viernes 19 de mayo de 2023 El Peruano / ciudadanía ambiental en el marco del proceso estratégico de desarrollo del país; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2016-MINEDU, publicado con fecha 12 de diciembre de 2016 en el diario o fi cial “El Peruano”, se aprueba el Plan Nacional de Educación Ambiental 2017-2022 (PLANEA), cuya misión es misión promover una educación y cultura ambiental que permita formar ciudadanos ambientalmente responsables que contribuyan al desarrollo sostenible y a hacer frente al cambio climático a nivel local, regional y nacional; Que, mediante Decreto Supremo N°023-2021- MINAM, publicado con fecha 25 de julio de 2021 en el diario o fi cial “El Peruano”, se aprueba la “Política Nacional del Ambiente al 2030”, que contiene 9 objetivos prioritarios e incorpora nuevas tendencias; actualizando las prioridades ambientales y teniendo en cuenta el actual contexto global para enfrentar el problema público relacionado a la “Disminución de los bienes y servicios que proveen los ecosistemas que afectan el desarrollo de las personas y la sostenibilidad ambiental”, cuyos lineamientos: 1. Garantizar la integración del enfoque ambiental en la educación formal y comunitaria; y 2. Mejorar la sostenibilidad de la acción ciudadana en materia ambiental de la Política Nacional del Ambiente, permiten alcanzar el Objetivo Prioritario 9. Mejorar el comportamiento ambiental de la ciudadanía; Que, con fecha 07 de enero de 2023, se publica en el diario o fi cial “El Peruano”, el “Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA)”, aprobado mediante Resolución Ministerial N.º 003-2023-MINAM, el mismo que establece que, el programa EDUCCA, deberá desarrollarse en las siguientes etapas: 1. Elaboración y aprobación del Programa Municipal EDUCCA. 2. Elaboración del Plan Anual e implementación de las actividades. 3. Seguimiento y evaluación de las actividades del Programa Municipal EDUCCA; Que, con fecha 07 de enero de 2023, se publica en el diario o fi cial “El Peruano”, el “Instructivo para elaborar e implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA)”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 003-2023-MINAM, el mismo que establece que, para el diseño y puesta en marcha del citado Programa, la municipalidad, deberá desarrollar las siguientes etapas: 1. Elaboración y aprobación del Programa Municipal EDUCCA, 2. Implementación del Programa Municipal EDUCCA, 3. Seguimiento y evaluación de las actividades del Programa Municipal EDUCCA; Que, la primera etapa del citado programa comprende dos fases, siendo la primera, la referida a la Elaboración del Programa Municipal EDUCCA, la cual ya se ha cumplido, por lo que corresponde llevar a cabo, la segunda fase, que es la concerniente a la Aprobación del Programa Municipal EDUCCA; Que, con relación a la Aprobación del Programa, la unidad de organización municipal encargada de la implementación y reporte del referido programa deberá elevar el mismo para su aprobación a través de la Ordenanza Municipal correspondiente; En ese sentido, resulta necesario que la Municipalidad Distrital de Jesús María, cuente con un instrumento normativo que establezca un marco de acción claro, especí fi co y contextualizado en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental vía lineamientos y actividades que contribuya directamente a los objetivos de desarrollo sostenible local, regional y nacional; Estando a lo expuesto, contando con el pronunciamiento de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, Gerencia de Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad, Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las atribuciones otorgadas en los artículos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley N°27972 y modi fi catorias, el Concejo Municipal con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprueba por UNANIMIDAD lo siguiente:ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA Artículo Primero.- APROBAR el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de Jesús María- Programa Municipal EDUCCA, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad, la implementación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, asignar anualmente, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, recursos para la implementación del Plan de Trabajo correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, que la Gerencia de Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad realice una evaluación y reporte público de los resultados del Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente. Artículo Quinto.– ENCARGAR, que la Gerencia de Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad remita la presente Ordenanza Municipal, así como el anexo de esta, al Ministerio del Ambiente para los fi nes de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente. Artículo Sexto.- DEROGAR, la Ordenanza N° 564- MDJM, que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del distrito de Jesús María 2019 – 2022. Artículo Séptimo.– DISPONER, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.– DISPONER, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación la publicación de la presente Ordenanza y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María www.munijesusmaria.gob.pe y en los canales del Sistema Nacional de Información Ambiental. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JESÚS ALBERTO GÁLVEZ OLIVARES Alcalde 2178840-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Aprueban convocatoria de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Lurigancho ACUERDO DE CONCEJO N° 025 -2023/MDL Lurigancho, 16 de mayo de 2023 EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO VISTO: El Memorándum N.º 1060-2023-MDL/GM de la Gerencia Municipal sobre la Aprobación de la convocatoria de la AUDIENCIA PUBLICA DE RENDICION DE CUENTAS A REALIZARSE EN EL MES DE MAYO 2023 Y LA CONFORMACION DEL EQUIPO TECNICO, CONFORME DISPONE LA ORDENANZA N° 220 / MDL, el Informe N° 254-2023-MDL/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica y;