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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2023 (30/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Martes 30 de mayo de 2023 El Peruano / POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplasePABLO MENDOZA CUEVA Alcalde 2176356-1 Aprueban el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados en el distrito de Carabayllo para el Año Fiscal 2024 ORDENANZA Nº 482-MDC Carabayllo, 16 de mayo del 2023El CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, en Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. PABLO MENDOZA CUEVA; VISTOS: El Informe N° 018-2023-GPPCI/MDC de fecha 06 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional; El Memorándum N° 171-2023-GDHS/MDC, de fecha 20 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social; El Informe N° 161-2023-SGPV-GDHS/MDC, de fecha 21 de marzo de 2023, emitido por la Subgerencia de Participación Vecinal; El Informe N° 045-2023-GPPCI/MDC, de fecha 27 de abril de 2023, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional; El Informe N° 274-2023-GAJ/MDC, de fecha 05 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Memorándum N° 880-2023-GM/MDC, de fecha 05 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen N° 001-2023-CPSDyPD/MDC, de fecha 10 de mayo de 2023, emitido por la Comisión de Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, respecto al PROYECTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO PARA EL AÑO FISCAL 2024; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la referida Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9 numeral 8) señala como una de las atribuciones del Concejo Municipal: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; asimismo el artículo 40, establece que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo defi ne las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, fi nanciera, tributaria y fi scal; y, en su artículo 42° establece: “(…) g) Aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fi scalización de la comunidad en la gestión municipal”; Que, la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su artículo 1 de fi ne al proceso del presupuesto participativo como el mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; asimismo el Reglamento de la referida Ley N° 28056, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, en su artículo 2 señala: “a) El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se de fi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos”; Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto del Sistema Nacional de Presupuesto Público tiene por objeto regular el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público; y, en su artículo 8 señala: “La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere en sus respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados”; Que, mediante Resolución Directoral N° 007- 2010-EF/76.01, se aprobó el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, que, en el numeral 1 del capítulo II establece: “Antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identi fi cación y capacitación de los agentes participantes es necesaria la aprobación de la Ordenanza, que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del Equipo Técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el pliego”; Que, mediante el Informe N° 018-2023-GPPCI/ MDC, de fecha 06 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional presenta el PROYECTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO PARA EL AÑO FISCAL 2024; mediante el Memorándum N° 171-2023-GDHS/MDC, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social opina favorablemente respecto al proyecto de Reglamento presentado pues permitirá regular de manera adecuada y e fi caz el proceso de formulación del Presupuesto Participativo 2024;; Que, mediante el Informe N° 274-2023-GAJ/MDC de fecha 05 de mayo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al PROYECTO DE ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO PARA EL AÑO FISCAL 2024, por encontrarse conforme a ley; mediante el Memorándum N°880-2023-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para su elevación al Concejo Municipal; y, mediante el Dictamen N°001-2023-CEPP/MDC, la Comisión de Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derecho recomienda al Pleno del Concejo Municipal la APROBACIÓN de la ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO