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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2023 (30/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Martes 30 de mayo de 2023 El Peruano / designados en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de cinco (5) entidades que se encuentran bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control del Callao, con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 083-2022-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000491-2023-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000472-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría que da por término a la designación y designa en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control del Callao, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación de la colaboradora Yesina Betty Obregón Apaza, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta. Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional, a los/as profesionales que se detallan a continuación: N° ENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES DNI 1 DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL CALLAOPEREZ CASTILLO JAVIER JESUS08059437 2 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA - CALLAOOBREGON APAZA YESINA BETTY10187621 3 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSOALBITRES LUJAN BEATRIZ MILAGRO06750727 4 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA CANGALAYA MARCA LESLY LUCIA40905276 5 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ GOMEZ SANTOS MIRIAM ROXANA46327645 Artículo 3.- La acción de personal dispuesta en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2182021-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para el despliegue de servicios del control gubernamental, de la inversión del “Mejoramiento de la calidad de la formación profesional de los estudiantes de la escuela profesional de Agronomía de la Universidad Nacional de San Agustín - Arequipa” SECRETARÍA GENERAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0671-2023 Arequipa, 8 de mayo de 2023VISTO el O fi cio N° 001014-2022-CG/SGE de fecha 28 de diciembre del 2022, emitido por la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8° del Estatuto de la UNSA, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se mani fi esta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, de acuerdo al artículo 2° de la Ley N° 31358, que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16 de noviembre de 2021, establece lo siguiente: “2.1 Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental. 2.2 Los pliegos comprendidos en esta modalidad de control gubernamental, habilitan el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la categoría del gasto de capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar”. Que, con el O fi cio N° 001014-2022-CG/SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la República solicita transferencia fi nanciera para el control gubernamental en gasto de inversión del siguiente proyecto: “Mejoramiento de la calidad de la formación profesional de los estudiantes de la escuela profesional de Agronomía de la Universidad Nacional de San Agustín Arequipa”, con CUI 2194654 y monto solicitado ascendente a S/ 303,888.66.