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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2023 (30/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Martes 30 de mayo de 2023 El Peruano / Sede Contamana, ubicada en Calle Petro Perú s/n - Contamana. - Juzgado de Paz Letrado de Sede Contamana - Juzgado Mixto de Sede Contamana Sede Manco Cápac, ubicada en Calle Manco Cápac N° 234 - Pucallpa. - 1° Juzgado de Paz Letrado de Sede Manco Cápac - 2° Juzgado de Paz Letrado de Sede Manco Cápac- 3° Juzgado de Paz Letrado de Sede Manco Cápac Sede Puerto Inca, ubicada en Avenida Sánchez Cerro S/N - Puerto Inca. - Juzgado de Paz Letrado de Sede Puerto Inca - Juzgado Mixto de Sede Puerto Inca La ceremonia de inauguración, se realizará el 5 de junio de 2023 Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Ucayali, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Programa Presupuestal por Resultado 0067 - Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2182355-4 Disponen rotación de magistrados y establecen conformación del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional y del Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000198-2023-CE-PJ Lima, 29 de mayo del 2023VISTO:El O fi cio N° 000745-2023-P-CSNJPE-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, entre otras medidas administrativas, constituyó la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con competencia nacional. Posteriormente, a través de la Resolución Administrativa N° 476-2019-CE-PJ, se estableció que la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, se denomine Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; modi fi cándose en este extremo el Estatuto aprobado mediante Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ.Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 261-2017-CE-PJ se designó al señor Víctor Alberto Romero Uriol, Juez Penal Unipersonal titular de la provincia de Maynas, Distrito Judicial de Loreto, para que se desempeñe como juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Nacional e integrante del Juzgado Penal Colegiado Nacional, a partir de 1 de setiembre de 2017. Posteriormente, a través de la Resolución Administrativa N° 128-2019-CE-PJ, se renombró el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Nacional, en Primer Juzgado Penal Unipersonal Nacional Permanente Especializado en Crimen Organizado; y se dispuso que los Juzgados Penales Unipersonales Nacionales Permanentes Especializados en Crimen Organizado, integrarán el Juzgado Penal Colegiado Conformado de acuerdo a la necesidad que amerite la carga procesal penal. Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000299-2021-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial convirtió el Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Unipersonales Nacionales Permanentes Especializados en Crimen Organizado, en el Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional. Cuarto. Que, por Resolución Administrativa N° 000047-2022-P-CSNJPE-PJ de fecha 20 de enero de 2022, se nombra a los Juzgados Penales Unipersonales Nacionales que conforman los Juzgados Penales Colegiados Nacionales de la mencionada Corte Superior, donde el magistrado Víctor Alberto Romero Uriol, integrante del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional, está a cargo del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Nacional. Quinto. Que, asimismo, a través de la Resolución Administrativa N° 000058-2022-P-CE-PJ, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial designó, a partir del 1 de junio de 2022, al señor Juan Félix Roldán Ponte, Juez Especializado titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, como integrante del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Al respecto, mediante Resolución Administrativa N° 000261-2022-P-CSNJPE-PJ se o fi cializó la incorporación del juez Juan Félix Roldán Ponte al Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional y al Segundo Juzgado Penal Unipersonal Nacional de la referida Corte Superior. Sexto. Que, al respecto, el Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada mediante O fi cio N° 000745-2023-P-CSNJPE-PJ, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno el escrito presentado por el Presidente del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional, por el cual solicita la rotación de los señores jueces Juan Félix Roldán Ponte y Víctor Alberto Romero Uriol al Primer y Segundo Juzgados Penales Colegiados Nacionales, respectivamente. En tal contexto, señala que mediante Informe N° 000024-2023-ADMCPP-CSNJPE-PJ el Administrador del Módulo del Código Procesal Penal de la referida Corte Superior, se da cuenta sobre la viabilidad de la rotación solicitada. Asimismo, señala que el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal acordó por unanimidad solicitar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se autoricen las rotaciones propuestas. En tal sentido, solicita la rotación del señor Víctor Alberto Romero Uriol, Juez integrante del Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional, al Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional; y, por consiguiente, la rotación del señor Juan Félix Roldán Ponte, Juez integrante del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional, al Segundo Juzgado Penal Colegiado Nacional. Sétimo. Que, estando a lo previsto en el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia; corresponde dictar las medidas administrativas pertinentes a fi n de evitar afectación al servicio de administración de justicia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 821- 2023 de la décima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 17 de mayo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela,