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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2023 (30/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 30 de mayo de 2023 El Peruano / JUS/PGE-DIR y Memorando N° D000206-2023-JUS/ PGE-DIR de la Dirección de Información y Registro, Informe N° D000043-2022-JUS/PGE-DAJP y Memorando N° D000308-2023-JUS/PGE-DAJP de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal, las referidas unidades de organización han remitido sus opiniones y comentarios al proyecto de documento normativo propuesto por la Dirección Técnico Normativa, brindando fi nalmente su conformidad al texto fi nal del mismo; Que, mediante Informes N° D000111-2022-JUS/PGE- OPPM y N° D000150-2023-JUS/PGE-OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que el proyecto de directiva propuesto por la Dirección Técnico Normativa recoge los aportes y sugerencias de la O fi cina de Control Funcional, Dirección de Información y Registro, así como de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal; responde a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1326 y su Reglamento, y se encuentra alineado a la Directiva N° 002-2022-PGE/PG, denominada “Directiva que establece el procedimiento para la formulación, aprobación y evaluación de documentos normativos de la Procuraduría General del Estado”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución del Procurador General del Estado N° D000062-2022-JUS/PGE-PG; en virtud a lo cual emite opinión técnica favorable sobre el referido proyecto de documento normativo; Que, mediante Informes N° D000067-2023-JUS/PGE- OAJ y N° D000390-2023-JUS/PGE-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable que, una vez aprobado el citado documento normativo por el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, se emita el acto resolutivo correspondiente que formalice dicha aprobación, conforme a lo propuesto por la Dirección Técnico Normativa; Que, el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, en su Septuagésima Tercera Sesión Extraordinaria, acordó – en concordancia con los informes de vistos – aprobar el documento normativo propuesto por la Dirección Técnico Normativa, así como derogar el apartado XI y el numeral 6.3 del apartado VI de los “Lineamientos sobre la intervención y determinación de las competencias de los/las procuradores/as públicos/as”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución del Procurador General del Estado N° 36-2021-PGE/PG, quedando subsistentes los demás extremos de los citados Lineamientos; disponiéndose además la emisión del acto resolutivo correspondiente que formalice tales acuerdos, así como su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado; Con los vistos de la Secretaría General del Consejo Directivo, de la Dirección Técnico Normativa, de la O fi cina de Control Funcional, de la Dirección de Información y Registro, de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, por su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS y por la Directiva N° 002-2022-PGE/PG, denominada “Directiva que establece el procedimiento para la formulación, aprobación y evaluación de documentos normativos de la Procuraduría General del Estado”, aprobada por Resolución del Procurador General del Estado N° D000062-2022-JUS/PGE-PG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de Directiva Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la “Directiva que establece los procedimientos para encargar la representación y defensa jurídica de los intereses del Estado, y para la entrega y recepción de cargo dentro de las Procuradurías Públicas”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Derogación parcial de Lineamientos Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se deroga el apartado XI y el numeral 6.3 del apartado VI de los “Lineamientos sobre la intervención y determinación de las competencias de los/las procuradores/as públicos/as”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución del Procurador General del Estado N° 36-2021-PGE/PG, quedando subsistentes los demás extremos de los citados Lineamientos. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su anexo en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria). Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SORIA LUJAN Procurador General del Estado 2182357-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima para participar en evento a realizarse en Puerto Rico Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000039-2023-P-CE-PJ Lima, 6 de marzo del 2023VISTO:El O fi cio Nº 000279-2023-SG-GG-PJ cursado por la Secretaria General de la Gerencia General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de gasto por seguro de viaje del señor Gustavo Álvarez Trujillo, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de la señora María Del fi na Vidal La Rosa Sánchez, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, en la capacitación presencial que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Corrida N° 000036-2023-P-PJ, de la Presidencia del Poder Judicial designó al señor Gustavo Álvarez Trujillo, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de la señora María Del fi na Vidal La Rosa Sánchez, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participen de manera presencial en la capacitación que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico. Segundo. Que, asimismo, en la citada resolución se dispuso que el Poder Judicial se haga cargo de los gastos que no cubra la institución auspiciadora; y estando a la información de la Gerencia General del Poder Judicial, es menester expedir el acto administrativo correspondiente. Tercero. Que, por otro lado, resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos, intercambiar experiencias e información, lo que contribuirá a mejorar el servicio de administración de justicia. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el