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97 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El Memorando Nº 386-2023-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 156-2023-OAJ/MVES de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 066-2023- GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe Nº 259-2023-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 481-MVES, Ordenanza “VIVAMOS EL CAMBIO” que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico” ; Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras, las de: ¨Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨ ; y el artículo 42° establece que: “ Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal” ; Que, mediante Ordenanza Nº 481-MVES, Ordenanza ¨VIVAMOS EL CAMBIO¨, se establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador; estableciéndose en dicho dispositivo municipal que tendría vigencia hasta el 29 de abril del 2023; precisándose en su Quinta Disposición Transitoria y Final que se facultaba al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar la vigencia de la misma; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 003-2023-ALC/ MVES de fecha 21 de abril del 2023, se prorroga hasta el 31 de mayo del 2023, la vigencia de la Ordenanza N° 481-MVES, Ordenanza ¨VIVAMOS EL CAMBIO¨ que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador; Que, con Informe Nº 066-2023-GRAT/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, teniendo en consideración el Informe N° 259-2023-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, informa que, siendo uno de los propósitos de la Administración Municipal el de incrementar los ingresos de recaudación para el presente año, resulta necesario incentivar de manera positiva al contribuyente para que realice el pago de sus obligaciones tributarias vencidas, por tanto, siendo que la Ordenanza N° 481-MVES, que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador se encuentra próxima a vencer, y a fi n que mayor número de contribuyentes se puedan bene fi ciar, la referida Gerencia recomienda prorrogar la Ordenanza N° 481-MVES, Ordenanza ”VIVAMOS EL CAMBIO¨, hasta el 30 de junio del 2023; Que, con Informe Nº 156-2023-OAJ/MVES, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión precisando que resulta legalmente viable la aprobación mediante Decreto de Alcaldía de la prórroga de la vigencia de los bene fi cios otorgados mediante Ordenanza N° 481-MVES, Ordenanza ¨VIVAMOS EL CAMBIO” que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador hasta el 30 de junio del 2023, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, así como lo previsto en el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42° la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 481-MVES; Que, con Memorando N° 386-2023-GM/MVES, la Gerencia Municipal, teniendo en consideración el informe técnico y legal emitido, hace suya la propuesta y solicita se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se prorrogue hasta el 30 de junio del 2023, la vigencia de la Ordenanza N° 481-MVES, Ordenanza ¨VIVAMOS EL CAMBIO¨ que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador ; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20° y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13° de la Ordenanza N° 479-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, y la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 481-MVES; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio del 2023, la vigencia de la Ordenanza N° 481-MVES, Ordenanza ¨VIVAMOS EL CAMBIO¨ que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, la Unidad de Tesorería y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Unidad de Imagen Institucional y a la Subgerencia de Participación Ciudadana, su correcta difusión. Artículo Tercero .- DISPONER que el presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “EL PERUANO”. Artículo Cuarto .- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, así como a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 2182284-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYLLABAMBA Fijan montos de remuneración del Alcalde y de dietas de Regidores ACUERDO DE CONCEJO N° 23-2023-CM-MDH Huayllabamba, 30 de marzo de 2023VISTO: En Sesión de Concejo Ordinario del Concejo Municipal, de fecha 29 de marzo de 2023, bajo la convocatoria y presidencia del señor Alcalde Sr. Wilbert Baca Olayunca, con la asistencia de los señores Regidores