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96 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2023 El Peruano / e información sobre la actualización de su declaración jurada y los bene fi cios tributarios que resulten de ella. f) Elaboración de Informe Técnico y resultados de la fi scalización: La elaboración del informe técnico contendrá la siguiente información: usos del predio(s), área de terreno, número de pisos o niveles, áreas construidas o techadas por cada nivel de edi fi cación, material predominante de construcción (acabados), estado de conservación y antigüedad, distribución en el espacio y otras instalaciones fi jas y permanentes del predio o unidades ó secciones independizadas, así como también establecer los periodos a determinar y la base imponible del Impuesto Predial. g) Determinación y emisión de liquidaciones de los tributos omitidos: Luego de la revisión de las declaraciones juradas tributarias e inspecciones oculares, se procede a la liquidación y cálculo de las determinaciones de los tributos municipales omitidos. La determinación de la deuda, se efectúa a través del cálculo de las diferencias detectadas en las inspecciones realizadas, por omisión y subvaluación. Luego, se realiza las noti fi caciones de las liquidaciones tributarias, brindando los plazos para que el contribuyente pueda acogerse a los bene fi cios tributarios, establecidos en el artículo 10 del presente. h) Emisión de la Multas Tributarias: Finalizada la vigencia de los bene fi cios tributarios establecidos en la presente Ordenanza, se procederá a la emisión de los valores tributarios (Resoluciones de Determinación y Resoluciones de Multas Tributarias) y noti fi cación de los mismos, para luego y dentro de los plazos legales de Ley, ser derivado al Ejecutor Coactivo para el inicio del procedimiento de ejecución coactiva. i) Otras actividades: Atención y orientación al contribuyente, en los alcances de la Ordenanza y/o reclamos respectivos. Artículo 10º.- DEL FRACCIONAMIENTO El contribuyente podrá acogerse al fraccionamiento del monto del Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales determinado en la liquidación de deuda tributaria producto del proceso de Fiscalización Tributaria, previa aprobación de la solicitud de fraccionamiento que estará sujeta a las condiciones dispuestas en el Régimen de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias administrada por la Municipalidad Distrital de Santa Anita, aprobado con Ordenanza Nº 012-2008/MDSA modi fi cada con la Ordenanza Nº 048-2010MDSA. Para los casos de fraccionamientos, no se aplicará lo dispuesto en el numeral b.1 del Artículo 4º de la presente. TÍTULO IV: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 11º.- DE LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS Establecer la Actualización de Datos de los contribuyentes mediante la “Hoja de Actualización de Datos 2023”, con el cual se podrá actualizar y/o recti fi car los datos personales del contribuyente, documento de identidad, domicilio fi scal, datos de teléfono fi jo ó móvil, correo electrónico, datos personales y documento de identidad del cónyuge ó responsable solidario, datos del representante legal en caso de personas jurídicas. Dicha actualización, deberá realizarse en las ventanillas de atención de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria ubicado en la Plataforma de Atención al Ciudadano de la Municipalidad, conforme al marco legal vigente, teniendo la misma la calidad de declaración jurada. Artículo 12º.- PAGOS ANTERIORES Los pagos tributarios realizados con anterioridad a la presente norma, no dan derecho a devolución o compensación alguna. Artículo 13º.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El acogimiento a los bene fi cios contemplados en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que la administración considerara que ha operado la sustracción de la materia, en los casos de procedimientos contenciosos o no contenciosos vinculados a dicho concepto y periodo.Artículo 14º.- SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA. Con el acogimiento a la presente Ordenanza, se suspenderán los procedimientos de ejecución coactiva que se hubieran iniciado respecto a la deuda sujeta al bene fi cio. Artículo 15º.- DE LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS INTERPUESTOS El pago de cualquier deuda en aplicación de la presente Ordenanza originará el desistimiento automático de los medios impugnatorios, que se hayan interpuesto ante la Administración. Artículo 16º.- DESISTIMIENTO En los casos en que los contribuyentes se hayan acogido a la presente Ordenanza y cuenten con recursos impugnables y/o procesos judiciales, presentados ante instancias superiores u otras instancias jurisdiccionales, deberán necesariamente presentar el desistimiento del mismo, sin perjuicio de esta presentación, será de aplicación lo señalado en el párrafo anterior. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero .- Los bene fi cios contemplados en la presente Ordenanza se encontrarán vigentes hasta el 31/07/2023, previa publicación de la norma en el diario o fi cial El Peruano. Segundo .- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercero .- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Reclamaciones, O fi cina de Tesorería, O fi cina de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo el cumplimiento de la presente Ordenanza según sus competencias funcionales, así como a la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la difusión de su contenido y a la O fi cina General de Secretaria su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Cuarto .- Encargar a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación la implementación de la presente Ordenanza en el Sistema Informático Tributario (SIGET), así como su publicación en el Portal Institucional: www.munisantanita.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2181573-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 481- MVES, Ordenanza ¨VIVAMOS EL CAMBIO¨ que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del Distrito de Villa El Salvador DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2023-ALC/MVES Villa El Salvador, 26 de mayo del 2023