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17 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 000218-2023-DGPA-ARD/ MC de fecha 03 de noviembre de 2023, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico San Isidro 2; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2023-VMPCIC- MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico San Isidro 2 ubicado en el distrito de Quequeña, provincia y departamento de Arequipa, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo de acuerdo a lo descrito en el Plano Perimétrico con código PPROV-090-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: SITIO ARQUEOLÓGICO SAN ISIDRO 2 VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 65.71 65°50’55” 238918.8060 8167441.2850 2 2-3 64.96 182°2’52” 238983.4940 8167452.81603 3-4 90.05 183°58’7” 239046.9990 8167466.49404 4-5 68.99 185°57’39” 239133.5040 8167491.50105 5-6 136.17 155°21’52” 239197.4360 8167517.44106 6-7 53.54 150°57’2” 239333.4760 8167511.3800 7 7-8 64.49 120°41’49” 239379.0810 8167483.3230 8 8-9 93.48 154°7’13” 239378.0640 8167418.84209 9-10 99.8 147°49’14” 239335.9420 8167335.394010 10-11 85.36 146°19’19” 239250.4260 8167283.935011 11-12 74.34 163°12’22” 239165.1540 8167287.868012 12-13 42.36 180°13’9” 239095.0510 8167312.603013 13-14 41.7 178°28’35” 239055.0500 8167326.545014 14-15 35.55 163°2’35” 239016.0510 8167341.3120 15 15-16 23.45 179°29’44” 238987.9240 8167363.0480 16 16-17 23.1 177°33’44” 238969.4970 8167377.549017 17-1 58.92 164°53’49” 238951.9710 8167392.5910TOTAL 1121.97 2700°0’0” Zona UTM: 19 s Datum: WGS 84Área: 73 095.15 m² (7.3095 ha)Perímetro: 1 121.97 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 004-2023-GCQL de fecha 04 de setiembre de 2023, así como en los Informes N° 001106- 2023-DSFL/MC, Informe N° 000167-2023-DSFL-HAH/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-090-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa, las siguientes:MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación.xPara la protección de este espacio con compromiso cultural correspondiente al Sitio Arqueológico San Isidro 2 se considera el cese de la afectación y la señalización que indique la condición cultural correspondiente a esta zona, salvaguardando de este modo el patrimonio cultural de la Nación. Acciones que deberán ser previamente evaluadas y ejecutadas por el área competente con la fi nalidad de l a conservación y protección de este importante monumento arqueológico.- Señalización. X Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Quequeña, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 004-2023-GCQL de fecha 04 de setiembre de 2023, el Informe N° 001106-2023-DSFL/ MC, Informe N° 000167-2023-DSFL-LMS/MC e Informe Nº 000218-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-090-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2232726-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 01134-2023-DE Lima, 7 de noviembre del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 7157/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 02788-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01797-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica.