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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2023 El Peruano / mencionado decreto supremo, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible Fenómeno El Niño, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente; Que, con Decreto Supremo N° 089-2023-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna y Tumbes, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del mencionado decreto supremo, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible Fenómeno El Niño, declarado mediante el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 8 de agosto de 2023, con la fi nalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente; Que, a través del Decreto Supremo N° 110-2023-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna y Tumbes, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del mencionado decreto supremo, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (período 2023-2024) y posible Fenómeno El Niño, declarado mediante el Decreto Supremo N° 072-2023-PCM y prorrogado por el Decreto Supremo N° 089-2023-PCM, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 7 de octubre de 2023, con la fi nalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, el segundo párrafo del artículo 7 de la norma de creación del Programa establece que, el Programa podrá establecer lineamientos y emitir directivas de índole operativa para su funcionamiento institucional y desarrollo, en concordancia con lo dispuesto en el Manual de Operaciones; Que, a través de la Resolución Directoral N° 036-2023- LP/DE, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” (hoy “Llamkasun Perú”), conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala sobre la Modalidad de Intervención 2 – Por emergencia, desastres o peligro inminente, lo siguiente: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias, desastres naturales o peligro inminente. Tiene por fi nalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés, permitiendo mejorar las condiciones de las personas damni fi cadas o afectadas directa o indirectamente por una emergencia o desastre natural o peligro inminente, derivado de un fenómeno natural, o inducido por la acción humana; donde las personas no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no califi cada (MONC)”; Que, mediante Resolución Directoral N° 124-2023- LP/DE, se aprueba la “Guía Técnica para la elaboración, presentación y revisión de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata”, modi fi cada por Resolución Directoral N° 132-2023-LP/DE; Que, con Resolución Directoral N° 000278-2023- MTPE/3/24.1, se aprueba, con e fi cacia anticipada al 04 de octubre de 2023, la Directiva N° 034-2023-MTPE/3/24.1, denominada “Directiva que regula la convocatoria de fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en los distritos del Departamento de Piura, en el marco del Decreto Supremo N° 072-2023-PCM, que declara el Estado de Emergencia, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (Periodo 2023-2024), y posible Fenómeno El Niño, y sus respectivas prórrogas, aprobadas mediante Decretos Supremos Nros. 089 y 110-2023-PCM”; de la cual forma parte, el Anexo N° 01: Cronograma de la convocatoria para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en los distritos del departamento de Piura, en el marco del Decreto Supremo N° 072-2023-PCM, que declara el Estado de Emergencia, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (Periodo 2023-2024), y posible Fenómeno El Niño, y sus respectivas prórrogas, aprobadas mediante Decretos Supremos Nros. 089 y 110-2023-PCM, en adelante el Cronograma; Que, a través de la Resolución Directoral N° 000295-2023-MTPE/3/24.1, se aprueba el “Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-68), en los distritos del Departamento de Piura, en el marco del Decreto Supremo N° 072-2023-PCM, que declara el Estado de Emergencia, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (Periodo 2023-2024), y posible Fenómeno El Niño, y sus respectivas prórrogas, aprobadas mediante Decretos Supremos Nros. 089 y 110-2023-PCM”, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan sesenta y cuatro (64) Actividades de Intervención Inmediata elegibles (AII-68), con un aporte total del Programa ascendente a S/ 6 354 477,00 (SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con lo cual se estima generar 3 294 empleos temporales; Que, mediante O fi cio N° 001313-2023-MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 6 354 477,00 (SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para el pago del aporte total del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en favor de organismos ejecutores públicos con quienes se han suscrito sesenta y cuatro (64) convenios, con el objeto de fi nanciar la ejecución de actividades de intervención inmediata elegibles (AII-68), en los distritos del Departamento de Piura, en el marco del Decreto Supremo N° 072-2023- PCM, que declara el Estado de Emergencia, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (Periodo 2023-2024), y posible Fenómeno El Niño, y sus respectivas prórrogas, aprobadas mediante Decretos Supremos Nros. 089 y 110-2023-PCM, de acuerdo a la modalidad de intervención 2 – Por emergencia, desastres o peligro inminente, con lo cual se estima generar 3 294 empleos temporales; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia; Que, mediante Memorándum N° 001348-2023- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 001654-2023-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 001029-2023-MTPE/4/8 opina que es legalmente viable la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a