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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de noviembre de 2023 El Peruano / géneros andinos, parte de las cuales permanecen inéditas. El registro del APDAYC incluye 67 títulos de su autoría; Que, sus composiciones han trascendido por otro lado las fronteras de su región, siendo interpretadas por cultores importantes a nivel nacional como Pastorita Huaracina, Pica fl or de los Andes, Flor Pucarina, Amanda Portales, Alicia Maguiña, Raúl García Zárate, Nelly Munguía, Eusebio “Chato” Grados, el Dúo Mixto Huancayo, La familia Rodríguez, el Diamante Andino, Irene del Centro y La Pallita; incluso han sido conocidas por intérpretes externos al marco nacional, como los conjuntos bolivianos Los Kjarkas y Savia Andina, y los chilenos Illapu; Que, la trascendencia de su tema más famoso, Jauja, queda re fl ejada en el número de personas que la han interpretado, de muy diversas procedencias y universos sonoros, como el Grupo Rastros, Lisset Casimiro, Los Mojarras, Alberto Huanca, Corazón Sonido Del Ande, Maria De Jesús Rodríguez, Rosita Del Cusco, Sensual Karibe, Raúl García Zarate, Amanda Portales, Nayda Gutiérrez, La Canalla, Susan Del Perú, Pastorita Huaracina, Karen Riques, Inkakenas, Manuelcha Prado, Eusebio “Chato” Grados, Orquesta Folklórica Del Perú Acolla, Raíces De Jauja, Esmila Zevallos, Alicia Maguiña, El Manantial Jaujino y Los Ases De Huayucachi. Tal popularidad le vale a este wayno el ser reconocido como verdadero himno de Jauja. Durante el 459 aniversario de la fundación española de esta ciudad, el reconocimiento se hizo o fi cial, al presentarse en esta ciudad una versión orquestal arreglada por Daniel Félix Tasayco e interpretada por la Orquesta Sinfónica Nacional bajo la dirección de José Carlos Santos. Su segunda composición más famosa e internacional, Buscaré un Mundo Nuevo, muliza con fuga de wayno, que se hizo popular gracias a la interpretación de Amanda Portales en una gira a inicios de la década de 1990, resume los anhelos de justicia social y hermandad humana que se mani fi estan en la mayor parte de sus letras; Que, la letra de sus composiciones gira en torno a temas como el amor, la decepción y la soledad, pero el protagonista absoluto de sus composiciones es Jauja, en su frecuente descripción y admiración del paisaje jaujino, de sus paisanos, sus costumbres y vivencias, ayudando de este modo a de fi nir algunas de las características de la canción del valle del Mantaro. Con ello se erige como uno de los forjadores del panorama musical de la sierra central peruana en la segunda mitad del siglo XX. Aunque su registro fue diverso, nunca se alejó a lo largo de su trayectoria de la música para tunantada, desde su primera composición conocida, la seminal Tunante Xauxa, y numerosas piezas que compuso para este género en las décadas siguientes; Que, la popularidad de sus canciones le han valido ser premiado por las empresas disqueras en las cuales grabó, siéndole conferidos dos discos de oro por récord de ventas en el año 1976 por IEMPSA e IMSA-MANSA, uno de ellos por su composición Jauja, y un disco de plata en 1984, re fl ejo de la gran popularidad de sus grabaciones. Por último, el reconocimiento por diversas instituciones públicas en aras de su impacto en la creación cultural de su provincia y su región, como parte del gran acervo musical andino, sobre todo en la fase tardía de su trayectoria, como las Palmas Artísticas en el grado de Maestro por parte del Ministerio de Educación, por su aporte a la cultura y al arte popular, según la Resolución Ministerial N° 911-88-ED, del 30 de octubre de 1988, las Palmas Artísticas en el grado de Promotor Artístico Docente, por la Resolución Directoral N° 007 del 1. de febrero de 1989, pudiendo ejercer como docente en el Colegio Nacional San Luis María Monfort de Huascata-Chaclacayo. Para este centro educativo compuso una muliza, A mi querido colegio, dedicada a la primera promoción del citado colegio. El Rectorado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, le otorga el premio José María Arguedas en 1995. Póstumamente, fue distinguido, primero por el Congreso de la República del Perú que le confi ere el Diploma de Honor en diciembre de 1998, y después por el Ministerio de Cultura como Personalidad Meritoria de la Cultura a través de la Resolución Ministerial N° 369-2018-MC, el 17 de setiembre del 2018, en respuesta a la solicitud presentada por el Sindicato de Trabajadores Artistas Folkloristas del Perú (SITAFP);Que, Juan Pablo Bolívar Crespo fallece a los setenta años el 13 de julio de 1998, empero, su legado de composiciones, de las que solo una parte se plasma en grabaciones diversas, permanece como parte integral de repertorio musical andino en general y de Junín en particular. Su obra forma parte sustancial de la producción musical de Jauja, y es testimonio de la evolución, entre las décadas de 1940 y 1990, de los diversos géneros que componen este universo cultural, como el wayno, el huaylarsh y la muliza, pero muy especialmente en la música para la danza de la tunantada, género jaujino por excelencia, al cual le fue particularmente devoto durante toda su carrera artística, y que fuera declarada Patrimonio Cultural de la Nación mediante Resolución Viceministerial N° 076-2011-VMPCIC-MC; Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000019-2023-DPI-PRM/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y signi fi cado de la obra musical del intérprete y compositor Juan Pablo Bolívar Crespo, de nombre artístico El Zorzal Jaujino motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015- MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural”, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Con el visto de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 005- 2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por la Resolución Ministerial N° 338-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación, en la categoría de Obra de Gran Maestro, a la obra musical del intérprete y compositor Juan Pablo Bolívar Crespo, de nombre artístico El Zorzal Jaujino, como cantor del paisaje jaujino y en particular de costumbres como la danza de la tunantada, así como de los anhelos sociales y los vínculos afectivos de sus paisanos, en una serie de temas que se han contribuido a de fi nir la identidad de la provincia de Jauja, y cuya trascendencia, por otro lado, queda patentizada en las numerosas versiones de sus composiciones hechas por los importantes intérpretes de del universo musical peruano, combinación de orgullo regional y de trascendencia nacional que marcan a esta importante producción musical. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión cultural declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en