Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALESMiércoles 15 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, según lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de los citados Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones especí fi cas asignadas a sus unidades de organización; la misma que es aprobada por resolución del titular de la entidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 123-2023- PCM, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, estableciendo en su Tercera Disposición Complementaria Final que la citada Sección se aprueba mediante Resolución del Titular de la Autoridad Nacional de Infraestructura; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN); los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054- 2018-PCM; y, el Decreto Supremo N° 123-2023-PCM que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones Aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, de conformidad con el Decreto Supremo N° 123-2023-PCM, que consta de un (01) título, cincuenta y nueve (59) artículos y dos (02) Anexos, que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Autoridad Nacional de Infraestructura, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la Autoridad Nacional de Infraestructura, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Jefatural y la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, aprobada mediante el artículo 1, son publicadas en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe (e)Autoridad Nacional de Infraestructura 2234779-1 AMBIENTE Actualizan el Padrón Final de Recicladores (PFR) en el marco de la Estrategia “Capital Semilla-Recicla Seguro” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 345-2023-MINAM Lima, 14 de noviembre de 2023 VISTOS; el Memorando N° 01651-2023-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando N° 01615-2023-MINAM/VMGA/DGGRS, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Informe N° 00320-2023-MINAM/VMGA/DGRS/DGMRS, de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos; el Memorando N° 01202-2023-MINAM/SG/OGPP y el Informe N° 00410-2023-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 00666-2023-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, a través del Decreto de Urgencia N° 026-2023, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de julio de 2023, se establecieron medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera, para otorgar una subvención económica hasta por la suma de S/ 900.00 (Novecientos y 00/100 soles) a los recicladores formales a nivel nacional, a fi n de garantizar que realicen sus labores con el equipamiento y/o insumos adecuados, propiciando condiciones dignas y un entorno seguro para éstos; Que, en atención a lo establecido en el numeral 2.2 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, mediante Resolución Ministerial N° 233-2023-MINAM, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 250-2023-MINAM, se aprueba la Estrategia “Capital Semilla-Recicla Seguro”, a fi n de de fi nir los procedimientos operativos, de gestión y acompañamiento para que los recicladores realicen sus labores con el equipamiento y/o insumos adecuados; asimismo, la citada estrategia comprende como Hito 1: “Identi fi cación de los recicladores bene fi ciarios”; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del mencionado Decreto de Urgencia, establece que el Ministerio del Ambiente, a través de una Resolución Ministerial que se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”, aprueba el Padrón Final de Recicladores (PFR), en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, previo informe favorable de su O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces en el pliego sobre la disponibilidad de recursos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 258-2023-MINAM, se aprueba el Padrón Final de Recicladores (PFR) en el marco de la Estrategia “Capital Semilla-Recicla Seguro”; Que, asimismo, con Resolución Ministerial N° 282-2023-MINAM se actualiza el Padrón Final de Recicladores (PFR) en mención, de acuerdo con lo solicitado y sustentado por la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos (DGMRS) de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos (DGGRS), en su calidad de Coordinador Técnico de la Estrategia “Capital Semilla-Recicla Seguro”, y con opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, a través del Informe N° 00320-2023-MINAM/ VMGA/DGRS/DGMRS, la DGMRS, en su calidad de Coordinador Técnico de la Estrategia “Capital Semilla- Recicla Seguro”, propone la actualización del Padrón Final de Recicladores, con la fi nalidad de incorporar a la señora Duilia Alvarado Chávez, habiéndose veri fi cado previamente que se omitió su registro en su momento, correspondiéndole el bene fi cio en mención; Que, mediante Memorando Nº 01202-2023-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 00410-2023- MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, emite opinión favorable sobre la actualización del Padrón Final de Recicladores, luego de la evaluación realizada al expediente, considerando la existencia de recursos disponibles autorizados en el Decreto de Urgencia N° 026-2023; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto