TEXTO PAGINA: 35
35 NORMAS LEGALES Viernes 17 de noviembre de 2023 El Peruano / Familiar-INABIF, el mismo que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; y la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia de la entidad Regístrese, comuníquese y publíquese. JESSICA MELINA RUIZ ATAU Directora Ejecutiva 2235806-1 PRODUCE Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios señalados con cargo al Presupuesto Institucional 2023 del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 708-2023-PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 15 de noviembre de 2023VISTOS: El Informe N° 181-2023-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 139-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 606-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 069-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.CT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, mediante Ley N° 29152 se establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, y mediante Decreto Supremo N° 003-2009-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de la mencionada Ley; Que, mediante Ley N° 30230, se crea el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas, el cual cambió su denominación a Fondo MIPYME Emprendedor conforme lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 013-2020 y en el Decreto Supremo N° 225-20-EF; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento a cargo del Ministerio de la Producción-PRODUCE. Asimismo, se autoriza a PRODUCE a constituir un fi deicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al citado Programa; Que, con fecha 23 de julio de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID con la fi nalidad de contribuir a la fi nanciación y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento; Que, a través de la Ley N° 31638 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 en cuyo artículo 59°, se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 009-2023-PRODUCE, de fecha 4 de enero de 2023, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante el Memorando N° 606-2023-PRODUCE/ PROINNOVATE.UA, de fecha 15 de noviembre de 2023, la Unidad de Administración solicita la autorización de los certi fi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando el Memorando N° 069-2023-PRODUCE/PROINNOVATE.CT, emitido por la Coordinación Técnica, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los niveles de Innovación Productiva a nivel Nacional”, del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, del Fondo MIPYME Emprendedor y del Contrato de Préstamo N° 5287/OC- PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento”, indicando que se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 139-2023-PRODUCE/ PROINNOVATE.UPP, de fecha 15 de noviembre de 2023, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas, hasta por el monto total de S/ 902,366.19 (Novecientos dos mil trescientos sesenta y seis y 19/100 soles), que comprende: S/ 781,947.16 (Setecientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y siete y 16/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de 3 Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; S/ 116,297.58 (Ciento dieciséis mil doscientos noventa y siete y 58/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de 4. Donaciones y Transferencias; y, S/ 4,121.45 (Cuatro mil ciento veinte uno y 45/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de 5. Recursos Determinados; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Startup Perú Plug-Atracción de Emprendedores Extranjeros (AEE), ii) Incubadoras 2.0 (FAIF), iii) Misiones Tecnológicas (MT), iv) Startup Perú Plug-Atracción de Emprendedores Extranjeros (INS), v) Proyectos de Innovación para Microempresas (PIMEN), vi) Validación y Empaquetamiento de Innovaciones (PVE), xii) Proyectos de Innovación Empresarial (PIEC1), xiii) Proyectos de