TEXTO PAGINA: 89
89 NORMAS LEGALES Viernes 17 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, según lo dispuesto por el artículo 169° del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado por el Decreto de Alcaldía N° 15-2022-MSS, establece que la Subgerencia de Salud Pública de la Gerencia de Desarrollo Social, es el órgano de línea responsable de velar por las condiciones de salud de los habitantes del distrito de Santiago de Surco, con énfasis en la promoción y prevención. Por ello, tiene entre sus funciones la formulación de proyectos y programas sobre Salud Mental para incentivar la convivencia pací fi ca y la prevención de la violencia, según lo dispuesto por el literal n) del Artículo 171 del mismo ROF; Que, a través Memorándum N° 842-2023-GDS-MSS de fecha 07.11.2023, la Gerencia de Desarrollo Social, otorga su conformidad a la propuesta de la Subgerencia de Salud Pública; Que, con el Informe N° 872-2023-GAJ-MSS de fecha 08.11.2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica agenda que la in fl uencia positiva de las mascotas en la salud y bienestar de los seres humanos es bien reconocida y comprende los aspectos psicológico, fi siológico, terapéutico y sicosocial. En ese contexto, la propuesta de Decreto de Alcaldía propone instaurar un día en el que se rinda tributo a la memoria de la mascota ausente, lo que contribuye al consuelo de la familia y a procesar el duelo de forma más saludable, además de coadyuvar a una generación de cultura de amor y respeto a las mascotas, por lo que el referido órgano de asesoramiento legal concluye que el Decreto de Alcaldía se encuadra en lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal, y al artículo 7 de la Ley N° 30947, Ley de Salud Mental referido al Derecho a la salud mental, siendo legalmente viable; Que, la Gerencia Municipal, a través del Memorándum N° 2329-2023-GM-MSS de fecha 08.11.2023, señala considerando lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y por la Subgerencia de Salud Pública que, existe una a fi nidad entre la salud mental de la persona humana con la mascota, por lo que se ve afectada ante una eventual perdida de esta, en ese sentido, resulta necesario que se instaure mediante Decreto de Alcaldía, el “Día de Muertos de las Mascotas”; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- DECLARAR el día 27 de octubre de cada año como el “Día de Muertos de las Mascotas” en el distrito de Santiago de Surco. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social, a través de la Subgerencia de Salud Pública, las acciones necesarias a fi n de celebrar “Día de Muertos de las Mascotas” dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en del Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco. gob.pe); y ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente decreto. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en del Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2234544-1MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Modifican la Estructura Orgánica y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), y aprueban el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) ORDENANZA Nº 359-MVMT Villa María del Triunfo, 10 de noviembre de 2023 EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El del Informe Nº 196-2023-UPEMCT- OPPPMI/MDVMT, la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Cooperación Técnica, el Memorándum Nº 1721-2023-OPPPMI/MDVMT, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, el Informe Nº 264-2023-OAJ/MVMT, la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 764-2023-GM/MDVMT, la Gerencia Municipal, respecto a la Ordenanza que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha potestad radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con la fi nalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración Pública y construir un Estado descentralizado al servicio del ciudadano, se emite la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, instrumento legal que sustenta el proceso de modernización de la gestión pública a través de acciones de racionalización vinculadas a la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. Este nuevo enfoque de gestión demanda el mejoramiento continuo y la reorganización estratégica del aparato municipal, necesarios para asumir el nuevo desafío exigido por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, siendo que, dentro de ese proceso de transformación, la municipalidad cumple un rol preponderante, pues es el representante de gobierno más cercano al ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, con el objeto de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, establece que la norma busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; en tanto que, el Artículo 43º establece que el Reglamento de Organización y Funciones – ROF es el documento técnico normativo de gestión organizacional que