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97 NORMAS LEGALES Viernes 17 de noviembre de 2023 El Peruano / al Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos” Que, el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, estipula en el literal a) del numeral 2.2. del artículo 2° que Bienes de Dominio Público son aquellos bienes estatales destinados al uso público, entre otros, plazas, parques, infraestructura vial, caminos y otros, cuya administración, conservación y mantenimiento corresponde a una entidad. Tienen el carácter de inalienables e imprescriptibles. Sobre ellos, el Estado ejerce su potestad administrativa, reglamentaria y de tutela conforme a ley; Que el numeral 3.2) del artículo 83° de la Ley N° 27972, dispone que son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicio, regular y controlar el comercio ambulatorio. Asimismo, señala que se han efectuado reuniones con los dirigentes de las asociaciones que representan al comercio ambulatorio del distrito, explicándoles los alcances de la propuesta de ordenanza y que la Municipalidad cautelaría el orden de la actividad ambulatoria y por ende la tranquilidad pública del vecindario; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión extraordinaria de concejo de la fecha, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA FORMALIZACIÓN DEL COMERCIO AMBULATORIO EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS DEL DISTRITO DE MI PERÚ Artículo Primero .- APROBAR la ORDENANZA QUE REGULA LA FORMALIZACIÓN DEL COMERCIO AMBULATORIO EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS DEL DISTRITO DE MI PERÚ, que en anexo se adjunta y fi rma parte integral del presente dispositivo. Artículo Segundo. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a la Subgerencia de Fiscalización, Control y Transporte y demás áreas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría y Gestión Documentaria la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano” y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la publicación de la Ordenanza y su reglamento en el portal institucional (www. munimiperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.IRVIN T. CHAVEZ LEON Alcalde 2235581-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 136-MDMP, denominada “Ordenanza que otorga beneficios tributarios en el Distrito de Mi Perú” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2023-MDMP Mi Perú, 9 de noviembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. VISTO: El Memorando Nº 1377-2023-MDMP/GM, de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 464-2023-MDMP/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 1358-MDMP/GM de Gerencia Municipal, así como el Informe Nº039-2023-MDMP-GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 00282-2023-MDMP-GAT-SGRFT de la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42º re fi ere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 136-MDMP, debidamente publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el día 27 de setiembre de 2023, se establecieron una serie de bene fi cios a favor de los contribuyentes del Distrito de Mi Perú para el pago de sus obligaciones tributarias hasta el 15 de noviembre de 2023; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 136-MDMP, faculta al Sr. Alcalde, para que mediante decreto de alcaldía, disponga las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la referida ordenanza, asimismo pueda prorrogar su vigencia en ese sentido. Que, mediante Informe Nº 039-2023-MDMP-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria, recaído en el Informe Nº00282-2023-MDMP-GAT-SGRFT, señala que resulta necesario ampliar una vez más el plazo de los bene fi cios otorgados con la referida ordenanza denominada “Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios en el Distrito de Mi Perú”, a fi n de continuar con el desarrollo de diferentes proyectos en bene fi cio de la población de las zonas más vulnerables, así como incentivar a la población a tener una adecuada cultura tributaria proponiendo que su prórroga sea hasta el 31 de diciembre del 2023; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 464-2023-MDMP/OGAJ, y lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 136-MDMP, denominada “Ordenanza que otorga bene fi cios tributarios en el Distrito de Mi Perú”, hasta el 31 de diciembre del 2023, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria adoptar las acciones pertinentes para el cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría y Gestión Documentaria la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http:// munimiperu.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. IRVIN T. CHAVEZ LEON Alcalde 2235570-1