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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (18/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y Fondo de Aseguramiento adscrito a él; Que, el artículo 7 de la citada norma legal re fi ere que, el Ministro del Interior con arreglo a la Constitución Política del Perú es la más alta autoridad política del Sector y es responsable de su conducción, tiene como función supervisar y evaluar el cumplimiento de la fi nalidad de la Policía Nacional del Perú; Que, el literal z) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado con Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, señala que el Ministro del Interior en el marco de sus competencias, tiene la función de expedir resoluciones ministeriales correspondientes a su cargo; Que, el artículo 169 del mencionado Texto Integrado dispone que la Constitución Política del Perú, la Ley de la Policía Nacional del Perú y su reglamento determinan la organización y funciones de la Policía Nacional del Perú; precisando que cualquier órgano o unidad orgánica que modi fi que la estructura establecida por su Ley o Reglamento, será aprobada por el Ministerio del Interior a propuesta de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, señala que la Comandancia General es el órgano de Comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de plani fi car, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en un contexto de mejor atención a la ciudadanía y e fi ciente uso de los recursos, en el marco de las políticas sectoriales aprobadas por el Ministerio del Interior; Que, el artículo 212 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece que en las provincias del ámbito territorial de una determinada Región Policial, se podrán crear unidades orgánicas con el nivel de División Policial, mediante Resolución Ministerial a propuesta de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, contando previamente con la respectiva previsión presupuestal; y, teniendo en cuenta la importancia del espacio geográ fi co, densidad poblacional e incidencia delictiva, las mismas que estarán a cargo de un O fi cial Superior de Armas de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel, asumiendo la misma estructura y funciones que corresponden a las Divisiones Policiales de la Región Policial Lima, en la parte que sea pertinente para el ejercicio operativo de su responsabilidad, establecidas en el citado Reglamento; Que, mediante el Informe de Estudio de Estado Mayor N° 001-2022-REGPOL LIMA/DIVPOL HUARAL-OFIPLO (Reservado) de la Región Policial Lima, la Apreciación de Inteligencia N° 060-2022-1A5Y-U18 (Secreto), la Apreciación de Situación N° 001-2022-COMASGEN PNP/REGPOL-LIMA/DIVPOL HUARAL-OFIPLO (Reservado); así como el Informe Administrativo N° 001-2023-COMASGEN-CO-PNP/REGPOL LIMA/DIVPOL HUARAL-OFIPLO (Reservado), se sustenta la importancia del espacio geográ fi co de la División Policial Huaral, así como los factores económicos, políticos demográ fi cos, problemática social, delincuencia, seguridad ciudadana, entre otros, de la provincia de Huaral; Que, mediante Informe N° 017-2023-COMASGEN PNP/SEC-EQUASESP, el Equipo de Asesoramiento Especial del Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional del Perú, opina que resulta favorable aprobar la creación de la División Policial Huaral, dependiente de la Región Policial Lima; Que, con Informe N° 179-2023-REGPOL-LIMA/ UNIADM-AREPRE, la Región Policial Lima informa sobre la disponibilidad de recursos presupuestales relacionados a las Divisiones Policiales de la Región Policial Lima, perteneciente a la Unidad Ejecutora 009 VII DIRTEPOL-LIMA; en ese sentido, la creación de la División Policial Huaral dependiente de la Región Policial Lima cuenta con la respectiva previsión presupuestal para el desarrollo de sus funciones; Que, con O fi cio N° 3508-2023-COMASGEN-CO PNP/ SEC-URD, el Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional del Perú, por encargo de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, remite el expediente administrativo que contiene el sustento técnico para la creación de la División Policial Huaral de la Región Policial de Lima, cuyo ámbito jurisdiccional abarca toda la provincia de Huaral, conformada por los distritos de Huaral, Chancay, Aucallama, San Miguel de Acos, Atavillos Bajo, Sumbilca, Ihuarí, Lampián, Veintisiete de Noviembre, Pacaraos, Atavilllos Alto y Santa Cruz de Andamarca; Que, con Informes N° 000149-2023/IN/OGPP/OMD, N° D000002-2023-IN-OGPP-OMD y N° D000018-2023-IN-OGPP-OMD, la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la propuesta de creación de la División Policial Huaral, precisando que en la documentación generada por la Policía Nacional del Perú se detalla la justi fi cación de la necesidad, referido al espacio geográ fi co, densidad poblacional e incidencia delictiva en la jurisdicción, precisando que la División Policial Huaral asume la misma estructura y funciones que le corresponde a las Divisiones Policiales de la Región Policial Lima, conforme se señala en el artículo 212 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN; Que, mediante Informe N° D000834-2023-IN-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica remite el proyecto de Resolución Ministerial que dispone la creación de la División Policial Huaral dependiente de la Región Policial Lima, cuyo ámbito territorial comprende la provincia de Huaral, para el trámite pertinente; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado con Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la creación de la División Policial Huaral, dependiente de la Región Policial Lima, cuyo ámbito jurisdiccional abarca la provincia de Huaral del departamento de Lima. La estructura y funciones de la División Policial Huaral se rigen por lo dispuesto en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN. Artículo 2.- La Comandancia General de la Policía Nacional del Perú dispondrá las acciones correspondientes para la implementación de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- La Comandancia General de la Policía Nacional del Perú dispone las acciones del caso para la verifi cación de la operatividad y de los actos desarrollados por la jurisdicción policial de Huaral con anterioridad a la creación de la mencionada División Policial. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y de la Policía Nacional del Perú (www.policia.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 2236314-1