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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (18/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Sábado 18 de noviembre de 2023 El Peruano / Judicial, entre otras medidas, aprobó el “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”; y estableció la vigencia del referido reglamento, a partir del 1 de diciembre de 2023. Asimismo, dispuso que en un plazo de sesenta días calendario, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General elabore la propuesta de Manual Clasi fi cador de Cargos y Cuadro para Asignación de Personal Provisional, que implemente el Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial. Segundo. Que, al respecto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio N.º 001428-2023-GG-PJ, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno que a la fecha no se ha concluido con la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, por cuanto aún se requiere tiempo para su preparación y posterior revisión por las dependencias del Poder Judicial, lo que culminará con la aprobación del referido cuadro, por parte de la Presidencia del Poder Judicial, previa opinión de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR). En ese contexto, solicita que se di fi era la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”. Tercero. Que, el artículo 82, inciso 29, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobar el Reglamento para la Organización y Funciones del Poder Judicial; por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada por la Gerencia General del Poder Judicial; di fi riéndose la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”, hasta el 31 de enero de 2024. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1888- 2023 de la quincuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de noviembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Bustamante Zegarra por encontrarse de viaje en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Diferir la entrada en vigencia del “Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial”, Anexo 01; y los Anexos 02, 03, 04, 05 y 06, aprobados Resolución Administrativa N.º 000341-2023-CE-PJ, hasta el 31 de enero 2024. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Salas Supremas Permanentes y Transitorias, Secretaría General y O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2236271-1 Disponen medidas administrativas en el Distrito Judicial Del Santa y dictan diversas disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000485-2023-CE-PJ Lima, 17 de noviembre del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 000572-2023-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por la Secretaria Técnica (e) de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe Nº 000187-2023-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa solicita la redistribución de 45 expedientes del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente al Juzgado Penal Colegiado Conformado Itinerante Transitorio del Distrito Judicial del Santa. Segundo. Que, de acuerdo a la evaluación realizada por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Informe Nº 000187-2023-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, con el fi n de salvaguardar los principios procesales solicitados por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa, se evidencia que medida administrativa similar se dictó a través de la Resolución Administrativa Nº 2016-2022-CE-PJ con resultados favorables para el servicio de administración de justicia, por lo cual, resulta pertinente replicar las medidas administrativas ejecutadas. En ese sentido, el análisis cuantitativo y cualitativo ha permitido demostrar que resulta viable la propuesta de redistribuir 45 expedientes del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente al Juzgado Penal Colegiado Conformado Itinerante, debido a que el Juzgado Penal Colegiado Conformado Itinerante cuenta con una carga mínima pendiente por tramitar; por lo que aunado a esta nueva carga, permitirá descongestionar la sobre carga procesal del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente y con ello reducir los tiempos de atención y programación de audiencias con fechas lejanas, coadyuvando a la celeridad procesal. Asimismo, permitirá un monitoreo constante y de ser el caso, tomar acciones correctivas en caso no se logre el objetivo de descarga procesal, caso contrario, no existe impedimento para la habilitación de una nueva redistribución. Tercero. Que, en consecuencia, por lo expuesto en el Informe Nº 000187-2023-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan una adecuada reforma procesal penal, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto . Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N.º 1909-2023 de la quincuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de noviembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Bustamante Zegarra por encontrarse de viaje en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial Del Santa: 1.1 Redistribuir de manera aleatoria la cantidad de 45 expedientes de procesos comunes del Juzgado Penal