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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Martes 21 de noviembre de 2023 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionario para participar en evento a realizarse en México RESOLUCIÓN SBS N° 03798-2023 Lima, 15 de noviembre de 2023LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido la invitación de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) de México para participar en el Colegio Internacional de Supervisores de Quálitas, que se realizará del 07 al 08 de diciembre de 2023 en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, y que tiene por objetivo reforzar el intercambio de información y la cooperación entre supervisores para procurar una supervisión efectiva de las entidades que conforman el grupo asegurador; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas fi nanciero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo; y que los temas que se desarrollarán en el referido evento son de interés y redundarán en bene fi cio del sistema fi nanciero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Directiva SBS N° SBS-DIR-SBS-085-26 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2023; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Luis Alejandro Riega Gutiérrez, Supervisor de Seguros I del Departamento de Supervisión de Seguros “B” de la Superintendencia Adjunta de Seguros, del 06 al 09 de diciembre de 2023 a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2023, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 1 283,16 Viáticos US$ 1 320,00 Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2235470-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban Reglamento del Consejo Regional de Participación de la Juventud en la Región Arequipa DECRETO REGIONAL Nº 003-2023-AREQUIPA EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA CONSIDERANDO Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud regula el objeto de la misma, en el siguiente sentido: “Articulo 1.- Objeto de la Ley La presente ley tiene por objeto establecer el marco normativo e institucional que oriente las acciones del Estado y de la sociedad e materia de política juvenil, que permita impulsar las condiciones de participación y representación democrática de los jóvenes, orientados a la promoción y desarrollo integral de la juventud.” Que, mediante Ordenanza Regional N° 483-AREQUIPA se aprobó la creación del Consejo Regional de Participación de la Juventud en la Región Arequipa como espacio autónomo de representación, diálogo, concertación, consulta y participación ciudadana de jóvenes de 15 a 29 años de edad, cuyos representantes son elegidos de manera democrática en la Región Arequipa. Que, mediante Acta de Reunión de Asistencia Técnica del SENAJU a la Región Arequipa de fecha 08 de febrero de 2023, la Sub Gerencia de la Mujer y Poblaciones Vulnerables llevó a cabo la revisión y retroalimentación del Reglamento del Consejo Regional de Participación de la Juventud en la Región Arequipa. Habiendo aprobado las observaciones realizadas al Reglamento y acordando proseguir con el trámite de su aprobación y publicación respectiva. Que, la O fi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional como órgano de asesoramiento en temas de planeamiento estratégico, y responsable de la adecuación de la organización de la entidad de acuerdo a los cambios estructurales y requerimientos institucionales, ha emitido el Informe Nº 083-2023-GRA/OPDI, por el cual concluye que es procedente la aprobación del Reglamento del Consejo Regional de Participación de la Juventud en la Región Arequipa. Que, estando a lo aprobado en Sesión de Directorio de Gerentes de fecha 30 de marzo de 2023, y en uso de las atribuciones conferidas por el literal d) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regiones, concordante con el artículo 40º del mismo marco legal, DECRETA: Artículo Único.- Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento del Consejo Regional de Participación de la Juventud en la Región Arequipa, norma reglamentaria de la Ordenanza Regional Nº 483-AREQUIPA. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Única.- Vigencia de la norma. El presente Decreto Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a ley.